La Sala IV le ordenó al Ministerio de Hacienda revelar la lista de los deudores de impuestos al considerar que es de acceso público la información con los nombres y los montos de las personas fÃsicas y jurÃdicas que adeudan dinero al erario.
Asà lo sentenció en el voto 2019-002122, del 8 de febrero de 2018, en el cual declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por el diputado del Frente Amplio, José MarÃa Villalta, a quien Hacienda le negó la lista de los deudores que podrÃan beneficiarse de la amnistÃa tributaria introducida por la reforma fiscal.
La amnistÃa es un periodo de tres meses, entre el 4 de diciembre y el 5 de marzo, en el que los deudores de impuestos pueden cancelar eximiéndose del pago de intereses y entre el 80% y 60% de las multas establecidas por el fisco. Por esta vÃa, Hacienda recaudó más de ¢152.000 millones de 8.800 contribuyentes en los primeros 30 dÃas.
El gobierno de Carlos Alvarado habÃa alegado que la lista de deudores se trataba de “información confidencial”, pero ahora los magistrados le dieron diez dÃas a la ministra de Hacienda, RocÃo Aguilar, para entregar lo solicitado.
El 26 de setiembre de 2018, Villalta solicitó los datos directamente a la ministra Aguilar. No obstante, el 28 de octubre, la información fue negada según una respuesta del viceministro de Ingresos, Nogui Acosta.
“Según las disposiciones que se establecen en el artÃculo 117 del Código Tributario, las informaciones que la Administración Tributaria obtenga de los contribuyentes tienen carácter confidencial, por lo que no es posible suministrar la información solicitada”, dicta la respuesta que le dio Hacienda al diputado.
La Sala Constitucional consideró que esa respuesta violenta el principio de transparencia y publicidad administrativas, asà como el derecho de acceso a la información administrativa.
“Las organizaciones colectivas del Derecho Público –entes públicos– están llamadas a ser verdaderas casas de cristal, en cuyo interior puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del dÃa, todos los administrados”, explicó el ente constitucional en su pronunciamiento.
“Las administraciones públicas deben crear y propiciar canales permanentes y fluidos de comunicación o de intercambio de información con los administrados y los medios de comunicación colectiva en aras de incentivar una mayor participación directa y activa en la gestión pública y de actuar los principios de evaluación de resultados y rendición de cuentas", agregó la Sala en la resolución.
El viceministro Acosta dijo que el Ministerio es respetuoso de la institucionalidad y de los fallos judiciales y que, por tanto, suministrará la información “en los términos y alcances establecidos por la Sala Constitucional”.
¿Qué más consultó Villalta?
Los datos solicitados por el frenteamplista a Hacienda fueron la lista de contribuyentes que serÃan los potenciales beneficiarios de la amnistÃa tributaria, identificando si estos eran grandes o pequeños.
Además, el diputado pidió el monto que ese Ministerio dejarÃa de percibir al perdonar a los contribuyentes el cobro de sanciones e intereses por medio de dicho indulto.
En ese caso en particular, el diputado instó a que se detallaran los montos (totales y por concepto de intereses y de multas) que serÃan condonados, tanto de grandes como de pequeños contribuyentes.
Finalmente, el congresista solicitó a Hacienda explicar cuál metodologÃa utilizó para dar por hecho que, con la amnistÃa tributaria, la entidad recaudarÃa el 1% del Producto Interno Bruto (PIB), según una publicación del periódico La República, del 20 de setiembre de 2018, titulada “Perdonando intereses a deudores Hacienda espera recaudar el 1% del PIB”.
Además de alegar que la lista de deudores era de carácter confidencial –en respuesta a la primera de las tres consultas de Villalta– el órgano de administración tributaria también justificó por qué no responderÃa las otras dos interrogantes.
Sobre la cantidad de dinero que el erario público dejarÃa de recibir al conceder la amnistÃa a ciertas entidades, Hacienda respondió que era imposible saber cuántos contribuyentes se acogerÃan a esta herramienta.
“… la amnistÃa tributaria es un proceso voluntario, y que la Administración Tributaria desconoce cuántos contribuyentes se acogerán a la misma, razón por la cual no puede calcularse cuánto se deja de percibir por intereses y sanciones perdonados”, reza parte de la respuesta de ese ente al diputado.
En cuanto a cómo explicarÃa el Ministerio la afirmación de que recuadarÃa el 1% del PIB con la implementación del indulto tributario a los contribuyentes morosos, la entidad explicó que dicha expresión no habÃa salido de esa cartera, sino que habÃa sido citada por Carlos Camacho, socio director del Grupo Camacho Internacional, firma asesora en temas tributarios.
El congresista Villalta aseguró que la sentencia representa un importante paso para fortalecer los principios de publicidad, de transparencia y de acceso a la información pública.
“La Sala no solo reitera que la información sobre grandes contribuyentes y sobre obligaciones tributarias es de claro interés público, sino que señala expresamente que, en el tema de amnistÃas tributarias aprobadas por el Estado o por la Asamblea Legislativa, no se puede negar esta información a la ciudadanÃa”, comentó el frenteamplista.
“Es de interés público saber a quiénes y bajo cuáles condiciones se están perdonando deudas u obligaciones tributarias, y esto es muy importante para la transparencia. En este caso, para que la ciudadanÃa pueda saber cuáles grandes contribuyentes se están beneficiando de estas amnistÃas”, concluyó Villalta.
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