LA VOZ DE GOICOECHEA.-El Tribunal Supremo de Elecciones rechazó de plano un recurso de amparo electoral interpuesto por el Movimiento de Mujeres Liberacionistas contra el Partido Liberación Nacional (PLN).
El Movimiento de Mujeres Liberacionistas denunció que el partido no aplicó paridad en el reglamento aprobado de cara a elecciones municipales.
El principio de paridad está vigente desde el 2012 y ha sido reiterado con otras reformas en el 2016, en el propio Estatuto del Liberación Nacional.
“Además, este Pleno entiende que las medidas adoptadas por el PLN no comportan una prohibición para que las mujeres presenten sus nombres a consideración de sus correligionarios”, agregan.
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