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490.000 trabajadores tienen ingresos menores al salario mínimo en Costa Rica



LA VOZ DE GOICOECHEA.-  Al menos 23% de la población económicamente activa percibe un monto menor a los ¢309.000 estipulado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) para cubrir las necesidades básicas. 

Trabajadores con baja escolaridad tiene un salario mensual promedio de ¢259.000. Imagen con fines ilustrativos. 

Cerca de medio millón de trabajadores costarricenses tienen ingresos menores a los ¢309.000 mensuales equivalentes al salario mínimo que determinó el Ministerio de Trabajo para este año.

De acuerdo con la Encuesta Continua de Empleo, en el primer trimestre del 2019 había 491.000 trabajadores bajo esa condición.

El 52% de ellos tiene un patrono que incumple con el pago base de ley, mientras que el restante 48% trabajaba por cuenta propia, por lo que sus ingresos dependen directamente de las ventas de productos y servicios que ofreciera.

“Los trabajadores independientes no se rigen por salario mínimo, sino por las ventas que ellos puedan hacer. Lo que pasa es que en la Encuesta Continua de Empleo estandarizamos tanto a independientes como asalariados para poder medir el ingreso de todas las personas trabajadoras”, explicó la coordinadora de la encuesta, María Luz Sanarrusia.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) destaca que el salario mínimo es vital para la economía de las personas, ya que ese monto permite satisfacer al menos las necesidades básicas de alimentación, vivienda, vestimenta y transporte.

Lo cierto es que en Costa Rica, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), el 23% de la población trabajadora recibe menos de ese monto digno.

FUENTE: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.

Fernanda es el nombre ficticio de una trabajadora de 54 años que vive esa realidad. Ella pidió mantener su identidad en reserva.

Labora en un puesto de frutas y verduras en el centro de Heredia. Lo hace de lunes a sábado en un horario de 7 de la mañana a 6 de la tarde. Ella no es la dueña, tiene un patrono.

Aunque su jornada es más larga que la permitida en el Código de Trabajo, apenas gana ¢210.000 mensuales.

“Yo sé que mi salario es muy bajo, pero este es el trabajo que tengo. El patrón más bien me dio una oportunidad de trabajar esta esquina y aquí estoy agradecida, porque si no fuera por esto, ni siquiera tendría trabajo. Uno entiende que la cosa está muy difícil”, dijo la mujer.

Ella asegura que una de las razones por las cuales no pudo encontrar un mejor trabajo fue su poca educación, debido a que únicamente pudo terminar la escuela.

Según cuenta, no asistió al colegio porque su familia era numerosa y de escasos recursos y no pudo costear sus estudios.

Los trabajadores con baja escolaridad quedan relegados a aceptar trabajos con salarios muy bajos. De hecho, según la Encuesta Continua de Empleo, la remuneración mensual promedio en puestos no calificados es de ¢258.929; mientras que para puestos con calificación media es de ¢349.098 y para profesionales de ¢987.121.

Fernanda asegura que el salario que recibe apenas le alcanza para “vivir humildemente” y que recibe ayuda de sus tres hijos, dos de ellos profesionales.

“A veces es la única opción que tenemos para trabajar muchos. Es esto o es nada. Así que lejos de quejarme yo cuido mi trabajito, porque con él al menos puedo vivir. Mis hijos también me ayudan un poquito todos los meses, si me hace falta algo”, dijo la mujer.

Al analizarlo por sectores formal e informal, sobresale el hecho de que el 84% de los trabajadores que no perciben la remuneración mínima provienen del sector informal, por lo que sus derechos laborales como seguridad social, vacaciones, jornada laboral y prestaciones no están seguros y muchas veces se incumplen.

Sanciones

Según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), los trabajadores asalariados pueden denunciar a los patronos que incumplan con el pago del sueldo mínimo.

Esos empleadores se exponen a una multa de entre 1 y 23 salarios base (fijado en ¢446.200 para 2019), es decir hasta ¢10 millones.

Además, los empleados pueden dar por terminada la relación laboral con responsabilidad patronal, siempre que agoten previamente las instancias de conciliación con el patrono.

No obstante, casi la mitad de las personas que perciben menos de ¢309.000 mensuales no tienen a nadie a quién reclamarle, pues ejercen por cuenta propia por lo que dependen de las ventas de productos y servicios que hagan durante el mes. 


FUENTE LN

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