Goicoechea, 11 de setiembre de 2019.- La Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente el proyecto 20.886, el cual evitaría que el Estado costarricense pague gastos a partidos políticos que, en sus Comités Ejecutivos, se encuentren familiares con consanguinidad de, hasta tercer grado.
De forma unánime, los legisladores dieron trámite afirmativo al texto que contempla la adición de un artículo 94 bis al Código Electoral, el cual señala que los dineros que reciben los Partidos Políticos, no podrán ser utilizados en contrataciones de servicios o bienes a familiares cercanos (hasta tercer grado) o afinidad en línea directa o colateral de quienes dirigen dichos partidos.
Asimismo, se establece que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) no reconocerá de contrataciones o servicios de personas físicas y jurídicas que tengan hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad con miembros propietarios o suplentes de los Comités Ejecutivos de los Partidos políticos.
“Los recursos de los partidos políticos deben ser enfocados en el fortalecimiento de sus estructuras y la participación democrática y no a un grupo familiar específico. La deuda política es un instrumento para fortalecer a los partidos no un negocio”, manifestó el diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) Pablo Heriberto Abarca.
De aprobarse el proyecto en el Plenario Legislativo, la medida entraría a regir para las próximas elecciones municipales del 2020.
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