Esta iniciativa contó con el apoyo de 35 legisladores, y 13 se opusieron.
Una de las reformas más importantes que contiene la iniciativa consiste en no pagar salarios desde el primer dÃa a quienes se sumen a una huelga.
Por ejemplo, define los servicios esenciales en los cuales quedarán absolutamente prohibidas las huelgas.
Algunos de ellos son los servicios médicos y de salud a todo nivel, servicios policiales, suministro de combustibles mientras la actividad esté en régimen de monopolio, controladores aéreos y control migratorio, bomberos, suministro de agua potable y energÃa eléctrica, asà como prestación de los servicios de telecomunicaciones, entre otros.
En otro tipo de servicios, se permitirán las huelgas, pero sujetas a la prestación de un plan de servicios mÃnimos.
Este es el caso de los servicios de importancia trascendental, como la recolección de basura y tratamiento de residuos, labores de carga y descarga en muelles y servicios bancarios. Además, estarán limitadas a un plazo de 10 dÃas naturales.
En el sector educación, se permitirán las huelgas, pero no podrán superar un plazo de hasta 21 dÃas naturales.
También se obligará a los sindicatos a mantener un correo electrónico vigente y actualizado ante el Ministerio de Trabajo para recibir notificaciones de los trámites de calificación de huelgas.
Además, se otorgarán 24 horas a los jueces de trabajo para declarar legal o ilegal una huelga.
El texto aprobado no contiene los dos párrafos que fueron objetados por la Sala Constitucional.
La iniciativa pasará ahora al Poder Ejecutivo para su firma y publicación en el diario oficial La Gaceta.
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