Los magistrados consideraron que las órdenes administrativas "no se emitieron directamente por un órgano con la suficiente competencia la orden no fue girada "por un órgano con la suficiente competencia para hacerlo por lo que se violenta la normativa de la Ley General de la Administración Pública, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, así como los principios constitucionales de Separación de Poderes y de Independencia Judicial".
La Corte aprobó además presentar un recurso de revocatoria con apelación en sede administrativa contra la decisión de los funcionarios de la Contraloría.
En un comunicado, Acosta se refirió a la situación la tarde de este martes. Esta es la transcripción completa:
"La orden girada por la Contraloría General de la República al Poder Judicial se da dentro del marco de una auditoría en curso en el Área de Fiscalización de Públicos Generales, actualmente a cargo de la gerente Doctora Falon Arias Calero, según las competencias internamente asignadas y, como toda actuación institucional de esta naturaleza, cuenta con el respaldo del Despacho de la Contralora General.
Dicha orden se ajusta a los términos utilizados para los sujetos pasivos de nuestra fiscalización y, el Poder Judicial, como cualquier otra administración pública, cuenta con las vías legales pertinentes para procurar su revisión, incluida la posibilidad de plantear recursos administrativos.
La eventual interposición de recursos ante esta sede (CGR) impediría referirse a aspectos propios del fondo en este momento".
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