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Diputados aprueban ley para frenar abusos en huelgas

LA VOZ DE GOICOECHEA.- La Asamblea Legislativa aprobó este martes a las 11: 45 de la mañana en primer debate el proyecto de ley que pondrá fin a los abusos en huelgas.
En una sesión extraordinaria, 36 diputados votaron a favor de la iniciativa mientras 15 lo hicieron en contra
El texto aprobado ya no contiene los dos párrafos que fueron cuestionados por la Sala Constitucional
Esto, luego de que los diputados aprobaron el lunes un informe de la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad del Congreso que recomendó suprimir las normas objetadas por el Tribunal Constitucional.
Una de ellas era una disposición que pretendía disolver los sindicatos cuyos dirigentes incurrieran en conductas delictivas. La otra buscaba incluir los servicios del Poder Judicial en la lista de servicios en los que quedarán absolutamente prohibidas las huelgas.
El proyecto de ley regulará el derecho de huelga y eliminará los abusos que se han dado en recientes movimientos como la obstrucción a la libertad de tránsito y la suspensión de servicios esenciales para la población.
El presidente del Congreso, Carlos Ricardo Benavides, quien impulsó la iniciativa, manifestó que los gremios han confundido el derecho a la protesta con el derecho de huelga y que los ticos les paguen la protesta.
“Hoy hacemos honor a decenas de miles de víctimas de las huelgas, personas que dejaron de recibir atención médica, estudiantes que no recibieron clases, estudiantes que no comieron porque les cerraron los comedores escolares de la manera más cruel, personas que vieron prohibido su servicio de agua potable o electricidad”, aseveró.
Sin embargo, el congresista José María Villalta, del Frente Amplio (FA), dijo que el texto es “un retroceso para la democracia” y una “reacción del poder político para castigar a los trabajadores”.
También aseguró que el proyecto establece requisitos excesivos para ejercer el derecho de huelga.
Las reformas
Una de las propuestas más importantes consiste en no pagar salarios desde el primer día a quienes se sumen a una huelga.
La iniciativa también introduce otras modificaciones al Código de Trabajo, como la clasificación de huelgas desde el punto de vista de la importancia de los servicios públicos.
Por ejemplo, define servicios esenciales en los cuales quedarán absolutamente prohibidas las huelgas.
Algunos de ellos son: servicios médicos y de salud a todo nivel, servicios policiales, suministro de combustibles mientras la actividad esté en monopolio, controladores aéreos y control migratorio, bomberos, suministro de agua potable y energía eléctrica, así como la prestación de los servicios de telecomunicaciones, entre otros.
En otro tipo de servicios se permitirán las huelgas, pero estarán restringidas a plazos de duración.
Por ejemplo, las huelgas en servicios de importancia trascendental -como la recolección de basura, labores de carga y descarga en muelles, así como servicios bancarios- no estarán prohibidas. Sin embargo, estarán limitadas a un plazo de 10 días naturales.
En el caso del sector educación, las huelgas se permitirán, pero no podrán superar un plazo de hasta 21 días naturales.
También se obligará a los sindicatos a mantener un correo electrónico vigente y actualizado ante el Ministerio de Trabajo para recibir notificaciones de los trámites de calificación de huelgas.
Además, se otorgarán 24 horas a los jueces de trabajo para declarar legal o ilegal una huelga.
La iniciativa será votada en segundo debate el próximo jueves.

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