RESTRCCION VEHICULAR EN SAN JOSE - Se aplica de lunes a viernes de 6 am a 7 pm.

- Aplica por dĂ­a y Ăºltimo nĂºmero de placa - LUNES PLACAS 1 y 2 - MARTES PLACAS 3 y 4 - MIERCOLES PLACAS 5 y 6 - JUEVES PLACAS 7 y 8 - VIERNES PLACAS 9 y 0 - SABADOS Y DOMINGOS SIN RESTRICCION -
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Costa Rica cerrĂ³ sus fronteras desde la media noche

LA VOZ DE GOICOECHEA.- A partir de este 19 de marzo, al ser las 00 horas comenzĂ³ a aplicar la restricciĂ³n de personas extranjeras al territorio nacional segĂºn lo dicta el Decreto Ejecutivo N° 42238 – MGP- S informĂ³ la DirecciĂ³n General de MigraciĂ³n y ExtranjerĂ­a.

SegĂºn este decreto, sĂ³lo podrĂ¡n ingresar al territorio nacional los costarricenses y las personas extranjeras con un estatus migratorio otorgado por MigraciĂ³n, es decir, personas que ostenten una CategorĂ­a Especial, Residencia Temporal o Permanente.

Asimismo, se exceptĂºa de la restricciĂ³n a:

1. Los medios de transporte internacional terrestre, aéreo y marítimo de mercancías.

2. Las personas que se encuentren tramitando o cuenten con permanencia migratoria regular en el paĂ­s, aquellas personas que hayan presentado su trĂ¡mite en MigraciĂ³n antes de la fecha de vigencia de este decreto, pero deben presentar el nĂºmero de expediente a la hora de ingresar al paĂ­s. Las personas extranjeras deberĂ¡n demostrar que su categorĂ­a migratoria se encuentra vigente al momento de su ingreso al paĂ­s.

3. Los extranjeros que estĂ©n debidamente acreditados en el paĂ­s como agentes diplomĂ¡ticos, funcionarios consulares, miembros de misiones diplomĂ¡ticas, miembros de misiones permanentes o delegaciones de organismos internacionales con sede en Costa Rica.

4. Las personas que formen parte de tripulaciones de medios de transporte internacional aéreo o marítimo.

5. Los extranjeros que realicen trĂ¡nsito internacional en terminales aĂ©reas, sin que les sea permitido el ingreso mĂ¡s allĂ¡ de las salas de abordaje de los respectivos aeropuertos.

Toda persona que ingrese al territorio nacional a partir de hoy deberĂ¡ cumplir con una cuarentena de 14 dĂ­as en su domicilio, para ello el decreto faculta a los oficiales de la PolicĂ­a Profesional de MigraciĂ³n a notificar a todas las personas que ingresen al paĂ­s a partir del 19 de marzo a cumplir con dicha orden sanitaria, para ello el oficial le entregarĂ¡ a cada persona un formulario donde deberĂ¡ indicar el lugar de domicilio, nombre completo y nĂºmero de cĂ©dula y medio para comunicarse con Ă©l o ella.

Esta restricciĂ³n se extenderĂ¡ hasta el domingo 12 de abril a las 23:59 horas, momento que se harĂ¡ un anĂ¡lisis de la situaciĂ³n para determinar si la medida se termina en ese momento o se extiende por mĂ¡s tiempo.
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