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Defensa Pública recibe denuncias sobre educación con contexto de encierro


Por Alberto Cabezas

LA VOZ DE GOICOECHEA.- “Para la Defensa Pública y en particular para la unidad penal juvenil y de ejecución de las sanciones penal juvenil el derecho a la educación, es muy importante ya que está regulado constitucionalmente. La competencia otorgada por ley a la institución en materia de ejecución de las sanciones penal juvenil, lo que permite es vigilar el cumplimiento de las condiciones impuestas en sentencia relacionadas con el derecho de educación y que deben ser ejecutadas por el centro de internamiento,” aseveró Melania Chacón de la Oficina de Prensa de la Defensa Pública.

“La Defensa Pública Penal Juvenil forma parte de la Sub Comisión Penal Juvenil del Poder Judicial, que integra la Comisión de Acceso a la Justicia del Poder Judicial y también forma parte del Foro Permanentemente en materia penal juvenil que coordina el ILANUD a través de los cuales se abordan casos específicos en temas de educación en personas privadas de libertad, los cuales son de carácter privado por regulación legal,” alegó.

“la Defensa Pública Penal Juvenil, en el año 2015, participó en la Comisión de Alto Nivel para el abordaje del Hacinamiento Carcelario, dentro de los temas conocidos, se abordó un programa de educación llamado EDUCAI, para la atención diferenciada de personas en centros de atención institucional, sin embargo, le correspondió al Ministerio de Educación Pública y al Ministerio de Justicia valorar dicho programa, así como las posibilidades de implementación y ejecución” puntualizo.

Agregó, “existe una oficina del Ministerio de Educación Pública encargada del control y servicio para centros de internamiento. Si se conoce un caso específico donde se violenta el derecho a la educación de una persona menor de edad privada de libertad, la persona afectada o familiar, puede comunicarse con la oficina de la Defensa Pública en San José, unidad de ejecución de las sanciones penal juvenil, al 2211-9800”.

 Con Chacón conversó el Periódico La Voz de Goicoechea.

¿Hay alguna relación entre deserción escolar y delincuencia?

No contamos con un estudio técnico de esta situación para brindar una respuesta fundamentada.

¿Es necesario crear un sistema para educación en contexto de encierro?

No contamos con un estudio técnico para brindar un criterio fundamentado.

¿La participación del estudiante privado de libertad exige compromiso por parte del estado y su dependencia?

El artículo 78 de la Constitución Política de Costa Rica, establece como un derecho constitucional el acceso a la educación gratuita preescolar, general básica y diversificada. Esta obligación se mantiene para personas jóvenes privadas de libertad. El cumplimiento de este artículo es parte de las labores de vigilancia que realiza la Defensa Pública.

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