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Fiscalía pide un año de cárcel para Albino Vargas


Según la Fiscalía, el llamado constituiría un delito de peligro, es decir, el solo llamado es ilegal y no necesitaba configurarse el bloqueo

A Vargas se le juzga por el supuesto delito de instigación, que tiene una pena de 6 meses a 4 años de cárcel

Por Isaí Jara

LA VOZ DE GOICOECHEA.- La Fiscalía Adjunta del I Circuito Judicial de San José solicitó un año de prisión para el dirigente sindical Albino Vargas Barrantes por hacer un llamado a bloquear calles, así como fronteras en el marco de una protesta en contra los proyectos de ley de Empleo Público y la Ley Antihuelgas. 

Llamado que le valió una acusación penal donde intervinieron la Fiscalía, la Procuraduría y el grupo Movimiento Ciudadano CR, liderado por la abogada Gloria Navas.

La Fiscalía rechazó pedir la pena mínima pues alegan que las afectaciones por las manifestaciones llevan años golpeando a los costarricenses y que la figura de Vargas tiene poder de convocatoria.

Esta semana se realiza el juicio contra el sindicalista dos años después de haber convocado a protestas para paralizar el país.

Las denuncias, donde se endilgaba a Vargas el supuesto delito de instigación pública, pasaron las etapas previas en el Poder Judicial.

La audiencia, a cargo de la jueza Lorena Blanco Jiménez, se lleva a cabo en el I Circuito Judicial, en el centro de San José.

Vargas ha querido desvirtuar el fondo de la denuncia alegando que es un juicio político

Al iniciar el juicio el lunes anterior, Vargas intentó parar el debate con una acción de inconstitucionalidad donde pedía invalidar el delito de instigación, por el cual se le juzga. El recurso aún no avanza en la Sala y la jueza rechazó la pretensión.

Tampoco tuvieron éxito las peticiones hechas por Albino Vargas ante entes de la ONU a los que les pedía una medida contra Costa Rica y ser tratado como un defensor de Derechos Humanos.

Durante el juicio  se analizará el supuesto delito de instigación.

Según el artículo 280 del Código Penal, el delito se configura cuando una persona convence a otra de cometer delitos contra la tranquilidad pública, sin que sea necesaria su materialización.

La pena va de seis meses a 4 años de prisión.

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