“Por orientaciones del presidente de la Republica de Nicaragua, Daniel Ortega Saavedra, no se pedirĆ” como requisito de ingreso al paĆs, un resultado negativo RT-PCR para COVID -19, solamente se requerirĆ” para el ingreso el esquema de vacunaciĆ³n completa contra esta enfermedad”, indica el documento en el inciso dos de la resoluciĆ³n.
El comunicado del Ministerio de Salud aclara “que aquellas personas que no cumplan con el esquema completo de vacunaciĆ³n deberĆ”n presentar un resultado negativo de RT-PCR para COVID -19, con 72 horas desde la toma de muestra, hasta el ingreso del paĆs”, se lee en el documento.
El Ministerio de Salud detalla que la resoluciĆ³n “surte efecto a partir de la fecha”.
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