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En Goicoechea: Recurren a la Sala IV desalojo del Centro Diurno Montelimar, Calle Blancos

Edificio municipal que ha albergado por más de 40 años al Centro Diurno de Montelimar Calle Blancos y que el Concejo Municipal ahora pretende desalojar a los adultos mayores que lo utilizan. (Foto: Isaí Jara)

LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Isaí Jara).- 
Administrador del Centro Diurno de Montelimar de Calle Blancos Goicoechea, de apellidos Camacho Jiménez, recurre con un amparo ante la Sala Constitucional la orden de desalojo del edificio propiedad de la municipalidad de Goicoechea, donde funciona el Centro Diurno Montelimar de personas de la tercera edad por más de 40 años.

La orden de desalojo la realiza el alcalde municipal, Rafael Ángel Vargas Brenes, atendiendo un acuerdo del Concejo Municipal donde este alega que ese lugar está siendo utilizado de manera irregular cuando esto no es cierto.

Alega el recurrente que él no se ha autonombrado administrador como lo ha querido hacer ver la municipalidad, sino que su nombramiento está respaldado por un acuerdo de una asamblea general de socios en el año 2014 y así consta en las respectivas actas certificadas incluso en poder del registro nacional.

El acto de desalojo es nulo de pleno derecho, alega Camacho, dado que violenta el debido proceso y lo deja indefenso, por lo que solicita a la Sala Constitucional se acoja lo planteado y dar apertura al procedimiento judicializado y se verifique los documentos que verifican su tesis.

Además, se indica en el recurso que lo realizado por la municipalidad es un atropello a los derechos laborales del administrador y una funcionaria más, así como a los adultos mayores que son atendidos en ese centro y que son prioridad en estos momentos.

También solicita el recurrente que se realice una investigación de la forma en que procede la municipalidad la forma de tratar este tema en concreto, aunque hay otros que se han trato de la misma manera.

“Pretender tirar a la calle a los adultos mayores - aunque se alega que los trasladarían a otro centro-, es un acto inhumano y cruel e ir en contra la ley de protección al adulto mayor”, acota Camacho.

El recurso de amparo se tramita en el Expediente 22-018798-007-CO

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