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La policía de tránsito puede conducir contravía y ha altas velocidades para abrirle paso a un vehículo particular?

Imagen con fines ilustrativos

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Luis Jiménez).-    Hace algún tiempo viajaba en mi vehículo desde la zona de Guanacaste hacia San José.  Pasando por las cercanías del restaurante Caballo Blanco y circulando normalmente por mi carril, escuche el sonido de una sirena, mi sorpresa fue al toparme de frente en una curva con un oficial de tránsito en su motocicleta, quién conducía a alta velocidad, y en apariencia venia custodiando un vehículo que -presumo- trasladada a algún funcionario público de alto rango.

Por un lado, el susto y por el otro, el grito del oficial, diciéndome que me quitara; me dejo en shock, obligándome prácticamente a detenerme. 

En ese momento, me pregunte muchas cosas, más sin embargo luego de algún tiempo continúe hacia mi destino.

Mi sorpresa, un día de estos, viajaba en transporte público; por ese mismo lugar, y ahora fue el chofer del autobús, quién tuvo que frenar prácticamente, porque un oficial de tránsito hacia algo muy similar a lo que anteriormente les contaba. 

El susto, esta vez, no solo fue mío, sino de todos los que viajábamos en el autobús, por el "frenazo" que se realizó.  

Será que hay algún funcionario de alto rango que deban trasladar con cierta regularidad por esta ruta; y será que es necesario, generar este tipo de imprudencias por parte de oficiales de la policía de tránsito conduciendo a alta velocidad y hasta en carriles contrarios a su sentido, simplemente para abrirle paso a otro ciudadano que, por su rango político, cree que puede generar tales acciones, son algunas de mis interrogantes.  

Sinceramente les digo, desconozco si la ley de tránsito contempla este tipo de acciones a favor de un funcionario público, porque considero que es una total imprudencia y lejos de ser un acto legal, es un abuso total de autoridad.

Comprendería perfectamente, si dicha acción se generara por el traslado de un vehículo de emergencias, sea una ambulancia o un vehículo del benemérito Cuerpo de Bomberos; pero no considero que sea por el traslado de un funcionario o incluso un delincuente, por acortar los tiempos a su destino.  Dicho pensamiento, porque tanto derecho tienen ellos, como lo tenemos todos los ciudadanos que convivimos en este país, para trasladarnos por las vías públicas. 

Agradecería enormemente, si alguno de los estimados lectores o en su efecto alguna autoridad competente, me puede señalar la ley, articulo o demás señalamiento, donde se autoriza a la autoridad para hacer ese tipo de maniobras, pudiendo por su ejecución generar accidentes de tránsito. 

Ya lo he vivo dos veces, una como conductor y otra como pasajero, y en realidad considero que es un abuso de autoridad, tanto por parte de los oficiales de tránsito, como del funcionario que solicita el generar estas acciones.  Esto porque conducen contra vía, a alta velocidad, generando así una total imprudencia, ya que dichas acciones podrían generar un grave accidente de tránsito. 

Por favor, hagan sus comentarios, dejen su opinión al respeto, dichosamente tenemos esa libertad para expresarnos, tras estos 201 años de vida independiente. Si alguno conoce la ley, le agradecería nos instruya al respecto.  Saludos cordiales a todos. 

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1 Comentarios

  1. ahora todo es un desmadre, las autoridades se creen los dueños de todo y pasan por encima de los demás. el desorden gobierna por doquier

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