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SUTEL rinde informe sobre acuerdo de recuperaciĆ³n de espectro entre el Poder Ejecutivo, el ICE y RACSA


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por IsaĆ­ Jara).- 
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) reconoce que el Acuerdo mutuo entre RACSA, el ICE y el Poder Ejecutivo para la devoluciĆ³n del espectro radioelĆ©ctrico representa un avance en la recuperaciĆ³n de un segmento de frecuencias fundamentales para el despliegue de redes 5G.

Sin embargo, la SUTEL advierte la importancia de recuperar espectro radioelƩctrico en la banda 2,6 GHz y reitera que tanto las bandas de 3,5 GHz como la 2,6 GHz son vitales para el desarrollo de 5G en Costa Rica.

En mĆŗltiples informes tĆ©cnicos durante los Ćŗltimos aƱos, la SUTEL ha informado al Poder Ejecutivo sobre la subutilizaciĆ³n y no uso de dichos segmentos (bandas de 3,5 GHz y 2,6 GHz) de frecuencias por parte de RACSA y el ICE.

Los concesionarios de frecuencias tienen la obligaciĆ³n de hacer un uso eficiente del Espectro RadioelĆ©ctrico, por lo que el Estado debe proceder con la recuperaciĆ³n de los segmentos que estĆ”n sin uso o subutilizados en las bandas de 3,5 GHz y 2,6 GHz. Esto tambiĆ©n fue seƱalado por la ContralorĆ­a General de la RepĆŗblica (DFOE-CIU-IF-00008-2022): “El MICITT no ha completado las acciones concretas para concluir oportunamente los procedimientos o mecanismos de recuperaciĆ³n de espectro ante los reportes de uso no eficiente evidenciados en los informes de la SUTEL y en las recomendaciones de los informes tĆ©cnico-jurĆ­dicos de dicha cartera ministerial”.

Adicionalmente, el acuerdo sometido a consulta no elimina la situaciĆ³n de asimetrĆ­a en la distribuciĆ³n del espectro radioelĆ©ctrico para la prestaciĆ³n de servicios mĆ³viles, ya que el ICE continĆŗa manteniendo tres veces la cantidad de espectro que poseen los otros operadores mĆ³viles.

La SUTEL como Autoridad Sectorial de Competencia advierte que la asimetrĆ­a en la distribuciĆ³n del espectro IMT puede tener un impacto futuro en el nivel de competencia del mercado de las telecomunicaciones mĆ³viles y podrĆ­a provocar distorsiones competitivas en el mercado, mayores costos para determinados operadores y una amenaza para la inversiĆ³n.

La disponibilidad de espectro para una eventual licitaciĆ³n es un elemento necesario, pero no suficiente para promover un mercado competitivo. Se requiere que el espectro asignado sea el suficiente a travĆ©s de los diferentes tipos de bandas y que la asignaciĆ³n de espectro sea lo mĆ”s equitativa posible, para evitar que se generen desventajas competitivas.

El mejor camino para una licitaciĆ³n exitosa de espectro requiere necesariamente la definiciĆ³n del espectro en 2,6 GHz, ya que en caso contrario se podrĆ­a presentar una situaciĆ³n perjudicial para el concurso y para el mercado, en detrimento del principio de eficacia que se persigue en la Ley de ContrataciĆ³n Administrativa, por cuanto podrĆ­a afectarse la concurrencia de oferentes, la eventual asignaciĆ³n del recurso, asĆ­ como la disposiciĆ³n de mĆ”s y mejores servicios”, seƱala el acuerdo de SUTEL remitido al Poder Ejecutivo.

El Ing. Gilbert Camacho Mora, presidente del Consejo de la SUTEL seƱalĆ³ que “el Poder Ejecutivo debe continuar con las acciones inmediatas necesarias para la recuperaciĆ³n de estos recursos; pues cuentan con los criterios tĆ©cnicos y jurĆ­dicos para avanzar. Un mayor retraso en la llegada del 5G a paĆ­s significa una pĆ©rdida de competitividad y la perdida de inversiĆ³n en el paĆ­s, asĆ­ como una limitaciĆ³n a los beneficios que los usuarios podrĆ­an percibir de estas tecnologĆ­as”.

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1 Comentarios

  1. Algunas veces, nuestro estado de derecho frena el avance oportuno de muchas cosas. Si el uso de espectro radioelƩctrico es controlado por el estado, y es este quiƩn lo asigna para su uso; deberƭa ser este mismo quiƩn las reasigna oportunamente.
    Nadie puede "tener" fĆ­sicamente las frecuencias, por tanto, las mismas, existen como tal y estĆ”n en el aire. Lo que, si es necesario, son los equipos para poder utilizarlas, y si una instituciĆ³n no las estĆ” "aprovechando", como es el caso, se deberĆ­a autorizar a otros su uso, esto es el poder instalar equipos para poder utilizar legalmente dichas frecuencias.
    AquĆ­ se debe de respetar el derecho-permiso (como se le quiera llamar) que se le dio al ICE, y por tanto hasta que el ICE no renuncie a ese derecho, no se puede hacer nada; por eso me refiero al estado de derecho que existe en nuestro paĆ­s. Pero si el estado fuera mĆ”s eficiente, ese derecho se reasigna por la no utilizaciĆ³n y listo. AquĆ­ todo es un juego de documentos legales "simplemente", pero que, por ser legales, deben cumplir ciertos procedimientos para que despuĆ©s no se alegue ilegalidad.

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