RESTRICCION VEHICULAR EN SAN JOSE - Se aplica de lunes a viernes de 6 am a 7 pm.

- Aplica por dĆ­a y Ćŗltimo nĆŗmero de placa - LUNES PLACAS 1 y 2 - MARTES PLACAS 3 y 4 - MIERCOLES PLACAS 5 y 6 - JUEVES PLACAS 7 y 8 - VIERNES PLACAS 9 y 0 - SABADOS Y DOMINGOS SIN RESTRICCION -
.

Sala IV condena a funcionarios municipales por violaciĆ³n de derechos fundamentales

Jorge Rodriguez Araya

LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por IsaĆ­ Jara, periodista).- 
La Sala Constitucional, en la resoluciĆ³n 2023-031883 emitida el siete de diciembre de dos mil veintitrĆ©s, ha dictaminado una violaciĆ³n a los derechos fundamentales del ciudadano de apellido ZĆŗƱiga JimĆ©nez. Esta violaciĆ³n fue perpetrada por Julio SĆ”nchez y Jorge RodrĆ­guez, Presidente del Concejo Municipal y Presidente de la ComisiĆ³n de Gobierno y AdministraciĆ³n, respectivamente, ambos pertenecientes a la Municipalidad de ParaĆ­so, Cartago. La infracciĆ³n se originĆ³ al no entregar el informe correspondiente a "los asuntos pendientes a realizar en la Luisiana", solicitado por el afectado.

El Tribunal Constitucional evidenciĆ³ que, el 28 de septiembre de 2023, el ciudadano agraviado presentĆ³ una solicitud de informaciĆ³n ante el Concejo Municipal de ParaĆ­so, dirigida a la ComisiĆ³n de Gobierno y AdministraciĆ³n. A pesar de esto, al momento de resolver el recurso presentado por los Magistrados, dicha informaciĆ³n aĆŗn no se habĆ­a proporcionado.

En vista de esta violaciĆ³n por parte de los funcionarios municipales, se ha ordenado a Julio SĆ”nchez Soto, en su calidad de Presidente del Concejo, y a Jorge RodrĆ­guez Araya, como Presidente de la ComisiĆ³n de Gobierno y AdministraciĆ³n, asĆ­ como a sus sucesores en esos cargos, tomar todas las medidas necesarias dentro de su competencia. Deben entregar, en un plazo mĆ”ximo de DIEZ DƍAS a partir de la notificaciĆ³n de la resoluciĆ³n, el informe solicitado por el interesado en la gestiĆ³n realizada el 28 de septiembre de 2023.

Julio SƔnchez Soto

Se advierte a la parte recurrida que la desobediencia a esta orden constituirĆ” un delito de acuerdo con el artĆ­culo 71 de la Ley de esta jurisdicciĆ³n. Este delito conlleva una pena de prisiĆ³n de tres meses a dos aƱos, o de veinte a sesenta dĆ­as multa. Estas sanciones se aplicarĆ”n a aquellos que reciban una orden emanada de un recurso de amparo y no la cumplan, siempre y cuando el delito no tenga una pena mĆ”s grave establecida.

La Municipalidad de ParaĆ­so ha sido condenada a asumir las costas, daƱos y perjuicios ocasionados por los hechos que motivaron esta declaraciĆ³n. La liquidaciĆ³n de estas obligaciones se llevarĆ” a cabo en la ejecuciĆ³n de sentencia del proceso contencioso administrativo.

*

New2020-  Goicoechea es el cantĆ³n nĆŗmero 8 de la provincia de San JosĆ©, fundado en 1891. Con 31,50 km² y siete distritos: Guadalupe, San Francisco, Calle Blancos, Mata de PlĆ”tano, IpĆ­s, Rancho Redondo y Purral...   En LA VOZ DE GOICOECHEA, Usted es lo mĆ”s importante para nosotros -

Los comentarios expresados en las secciones de opiniĆ³n, reclamos del pueblo, campos pagados, negociemos y en la opiniĆ³n de los lectores y comentarios de terceros al final de las notas o en las pĆ”ginas de redes sociales, son responsabilidad exclusiva de sus autores. 
La Voz de Goicoechea (www.lavozdegoicoechea.info) es un medio de comunicaciĆ³n independiente, y no toma como suyas dichas opiniones por lo que no se responsabiliza por el contenido emitido por terceros. Todas las imĆ”genes que muestra este medio, se utilizan solo con fines ilustrativos, por tanto se respetan todos los derechos de autor segĆŗn corresponda en cada caso, siendo nuestra principal labor de la informar a nuestros lectores.

DĆ©janos tus comentarios al final de cada nota que presentamos ;
nos interesa tĆŗ opiniĆ³n al respecto. Te invitamos a participar...

Pueden escrĆ­benos tambiĆ©n a nuestro correo electrĆ³nico

2017 ® 2023

Miembro de la Red de Medios Alternativos Independientes - REDMAI


Producciones PeriodĆ­sticas y Publicitarias Montezuma

Goicoechea, San JosƩ - Costa Rica

 

Publicar un comentario

0 Comentarios

- FĆŗtbol Primera DivisiĆ³n de Costa Rica -

1- Deportivo Saprissa 48 -  2-  Club Sport Herediano 44 -  3- Liga Deportiva Alajuelense  41 -  4-  Asoc. Deportiva San Carlos 37 -  5-    Asoc. Deportiva Municipal Liberia 37 -  6-  Sporting FĆŗtbol Club 32 -  7-  Asoc. Deportiva Guanacasteca 30 -  8- Municipal PĆ©rez ZeledĆ³n 23 -  9-  Club Sport CartaginĆ©s 20 -  10- Puntarenas F.C. 19 -  11- Municipal Grecia 15  -  12-  Asoc. Deportiva Santos GuĆ”piles 15 -