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Sala IV llama a cuentas al Concejo Municipal de Paraíso de Cartago


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Isaí Jara, periodista).- 
En una resolución emitida a las diecinueve horas y treinta y cuatro minutos del veintiséis de enero de dos mil veinticuatro, la Sala Constitucional ha decidido tomar medidas respecto al recurso de amparo presentado por el ciudadano de apellidos Torres Beita contra la Municipalidad de Paraíso, según lo registrado en el expediente 24-001651-0007-CO.

La resolución de la Sala Constitucional, que se origina a partir de la falta de cumplimiento de una sentencia previa, impone la obligación de rendir cuentas a todo el Concejo Municipal de Paraíso, abarcando a los regidores de todos los partidos políticos. La decisión se basa en la omisión de la Municipalidad de Paraíso en restablecer el camino en la comunidad de Luisiana de Ujarrás de Paraíso, según lo dictaminado por la Sala Constitucional.

La medida afecta directamente al presidente municipal y a varios regidores, entre ellos Marcos Armando Solano Moya, Jairo Ramírez Vega, Alexander Mata Arroyo, Julio Sánchez Soto, Jorge Rodríguez Araya, Yury de la Cruz Acosta Torres y Hellen Vega Calderón.

El ciudadano recurrente, Torres Beita, ha expresado su preocupación a través de un escrito enviado el 6 de diciembre de 2023, bajo el número RR831366405CR. En dicho documento, solicitó a la Municipalidad de Paraíso información clara sobre la aprobación del proyecto de inversión destinado a cumplir con la orden judicial de la Sala Constitucional, sentencia No. 2022-010649. Hasta la fecha, el recurrente no ha recibido respuesta alguna.

Este conflicto en torno al camino de La Luisiana de Ujarrás persiste desde hace varios años, evidenciando una actitud de desacato por parte del alcalde y del Concejo Municipal hacia las resoluciones emanadas por la Sala Constitucional. Se han incumplido una serie de recursos que buscan beneficiar a los perjudicados de la comunidad de Ujarrás.

Ante esta situación, la Sala Constitucional (SALA IV) ha solicitado que en un plazo de cinco días hábiles se presente un informe detallado sobre los hechos denunciados. Esta solicitud se realiza bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por desobediencia a la autoridad. La decisión de la Sala IV refleja su firme postura en busca de la protección de los derechos constitucionales y la ejecución de sus resoluciones.

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