LA VOZ DE GOICOECHEA (Por IsaĆ Jara, periodista).- En cumplimiento de una resoluciĆ³n del Tribunal Contencioso Administrativo, la DirecciĆ³n General de Aduanas ha modificado y comenzado a aplicar nuevamente los Derechos Arancelarios de ImportaciĆ³n (DAI) para el arroz en granza y para el arroz pilado, estableciendo un arancel del 35% en el Sistema TICA. Esta medida estarĆ” en vigencia durante el perĆodo que dure la medida cautelar.
El subdirector general de Aduanas, Cristian Montiel, explicĆ³ que este ajuste implica el retorno al porcentaje de arancel vigente antes de la implementaciĆ³n del Decreto Ejecutivo No. 43642-MAG-MEIC-COMEX del 12 de agosto de 2022.
La modificaciĆ³n realizada por Aduanas se llevĆ³ a cabo luego de recibir notificaciĆ³n por parte del Ministerio de Comercio Exterior, la entidad competente para instruir al Servicio Nacional de Aduanas sobre la aplicaciĆ³n de cambios arancelarios.
Es importante destacar que esta modificaciĆ³n no afecta la aplicaciĆ³n del gravamen del 1% establecido en la Ley No. 6946, del 13 de enero de 1984.
El gobierno habĆa reducido los impuestos a la importaciĆ³n y eliminado la fijaciĆ³n de precios estatales en agosto de 2022, con el objetivo de reducir el costo para los consumidores. Bajo este plan, el impuesto a la importaciĆ³n de arroz con cĆ”scara se redujo del 35% al 3,5%, mientras que para el arroz pilado (sin cĆ”scara) pasĆ³ del 35% al 4%.
La medida cautelar que condujo a esta modificaciĆ³n fue interpuesta por un grupo de productores de arroz y fue acogida por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
Por otro lado, la ProcuradurĆa General de la RepĆŗblica presentĆ³ un recurso de apelaciĆ³n el 4 de abril contra la resoluciĆ³n N° 2024002127 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, que suspendiĆ³ la Ruta del Arroz.
Sin embargo, el Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda ha rechazado el recurso de revocatoria contra dicha resoluciĆ³n presentado por la ProcuradurĆa General de la RepĆŗblica (PGR).
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