Las declaraciones informativas proveen datos a la Dirección General de Tributación que generan trazabilidad de las transacciones entre los diferentes Obligados Tributarios. Según la propia página del Ministerio de Hacienda, esta información es previsiblemente pertinente para efectos tributarios y se debe presentar sin necesidad de que haya un requerimiento previo de la Administración Tributaria.
A continuación, listo las que se encuentran vigentes, con formato y plazo de presentación definidos.
Declaración mensual de resumen de retenciones pago a cuenta impuesto sobre las utilidades (Modelo D-150): se presenta dentro de los diez dÃas naturales siguientes al mes en que se efectuaron las retenciones; se reportan los montos retenidos por concepto de 3% en servicios de transporte, comunicaciones, reaseguros, pelÃculas cinematográficas, noticias internacionales prestados por empresas no domiciliadas con representante permanente en el paÃs.
Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos especÃficos (Modelo D-151): tal vez la más conocida por todos los contadores, conteniendo la información del último periodo fiscal ordinario de ventas y compras anuales (sobre ¢2.5 millones), alquileres, servicios profesionales, intereses y comisiones (sobre ¢50 mil); se presenta antes del 30 de noviembre o el siguiente dÃa hábil disponible.
Declaración anual, compras y ventas subastas agropecuarias (Modelo D-158): presentado por entidades que realicen u organicen subastas agropecuarias, con la información de los compradores y vendedores participantes durante el año fiscal ordinario; se presenta antes del 30 de noviembre o el siguiente dÃa hábil disponible.
Declaración resumen trimestral de cajas registradoras (Modelo D-161): tiene una situación muy similar a la declaración anterior, por lo cual tampoco se analizará en detalle.
Cabe señalar, que de mi parte varias de estas declaraciones carecen de sentido tras la participación obligatoria de la mayorÃa de Obligados Tributarios en el ecosistema de Comprobantes Electrónicos, toda vez que prácticamente toda la información solicitada se encuentra disponible para la Autoridad Tributaria en el preciso momento que se emiten los respectivos comprobantes.
CPI Rolando Durán
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