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Cuando la justicia “pronta” tarda hasta décadas en llegar


LA VOZ DE GOICOECHEA.-  Cuando cumplió cinco años, una niña denunció que su abuelastro abusaba sexualmente de ella, pero más de tres años después el juicio contra su agresor seguía sin realizarse y faltaba, como mínimo, otro año más de espera.


El debate que inicialmente se iba a realizar en febrero pasado se suspendió porque la huelga de empleados judiciales que se extendió por cuatro meses a finales del 2018 saturó -aún más- las agendas de los tribunales.

Entonces la niña escribió de su puño y letra una carta a la Sala Constitucional en junio de este año y los magistrados obligaron al Tribunal Penal de Cartago a adelantar el juicio.

El pasado viernes 25 de octubre el agresor fue condenado a 14 años de prisión por dos delitos de abuso sexual contra la menor. La sentencia se dictó dos meses después de que los magistrados constitucionales le dieran la razón a la niña, al considerar que se estaba violentando su derecho a una justicia “pronta y cumplida”.


La justicia pronta no es solo una frase popular en el ámbito jurídico, sino que es un principio fundamental estipulado en la Constitución Política. Para explicarlo, los juristas emplean términos como “plazo razonable” o evitar “dilaciones indebidas”.


Ninguna de esas palabras tiene una definición única o periodos específicos sino que dependen de la normativa que regula cada materia y hasta de los lineamientos administrativos que deciden las jefaturas.

La Sala Constitucional, al conocer el recurso de amparo de la niña, recordó que solo admite asuntos de mora judicial cuando el proceso ya concluyó, con algunas excepciones; por ejemplo, “cuando se estime que existe una infracción grosera que debe ser atendida”. Esa fue la situación de la niña, la cual se encontraba en condición de grave “vulnerabilidad”, según consideraron los jueces.

Esperas como la de esta menor y algunas mucho más largas, incluso de décadas, se viven en otros despachos judiciales del país, según se encontró al revisar cuáles eran los diez casos más antiguos que todavía están activos en cada tribunal penal. Para este reportaje, solo 14 tribunales de los 25 existentes en el país remitieron la información que se les solicitó por medio de la oficina de prensa. Estos son: Turrialba, San Ramón, Alajuela, Grecia, Pococí, San Carlos, Cartago, Sarapiquí, Siquirres, Liberia, Puntarenas, Quepos, Santa Cruz y San José.

Entre los 140 casos más antiguos, 111 iniciaron antes del 2011. Cuatro son causas de entre 1996 y 1999 que se tramitan en los Tribunales de Puntarenas y Santa Cruz y se relacionan con delitos cometidos contra el Estado (usurpación de bienes de dominio público e infracción de la zona marítimo terrestre). Estos procesos continúan activos por razones de “prejudicialidad”; es decir, porque debía resolverse antes otro asunto para poder continuar con ellos, y también por “rebeldía” de los imputados, quienes se mantienen evadiendo a la justicia.

El delito que más se repite entre esos 140 casos antiguos es robo. Después, abuso sexual contra menores de edad o incapaces, a pesar de que un protocolo elaborado por la Comisión Nacional para el mejoramiento de la Administración de Justicia (Conamaj) dice que “los procesos donde una persona menor de edad sea víctima de actos sexuales cometidos en su contra deben ser atendidos en forma prioritaria, con prontitud y celeridad en atención al interés superior del niño”. El tercer delito que más se reitera es violación.

La mayoría de estos expedientes se encuentran atascados porque no se localiza a los imputados, para lo cual las autoridades emiten órdenes de captura que en ocasiones no se logran ejecutar porque las personas imputadas se van del país, o eran migrantes sin documentación, o incluso murieron, explica el director del OIJ, Wálter Espinoza. Añade que para que se declare en rebeldía, esa persona ya había sido presentada ante la Fiscalía y “fijó domicilio para notificaciones y no se tomaron medidas adecuadas para mantenerla vinculada al proceso”.

En Liberia, por ejemplo, una denuncia por el delito de abuso sexual contra una persona menor de edad se convirtió en un viacrucis penal de casi dos décadas que sigue pendiente de resolverse.

La denuncia ingresó en el 2000 y tres años después llegó al Tribunal Penal de esa zona lista para llevarse a juicio. No obstante, el imputado se encontraba rebelde y fue capturado hasta 12 años después de la denuncia, según el detalle suministrado por el Poder Judicial.



El juicio se iba a realizar en febrero del 2013 pero nuevamente el imputado no se presentó, según dice el reporte que remitieron las autoridades. Un año después lo recapturaron y, sin embargo, en febrero del 2016 se ordenó archivar la causa por prescripción.

Posteriormente, el Tribunal de Apelación anuló el sobreseimiento que se había dictado, lo cual reactivó el expediente que ahora se mantiene en la lista para que se señale, nuevamente, una fecha de juicio.

En ese mismo Tribunal, otra causa por delito de abusos sexuales a menor, cuya denuncia ingresó en el 2005, irá a juicio este año. El resumen de ese expediente dice que se señaló siete veces para debate, pero en al menos tres ocasiones la persona imputada fue declarada en rebeldía.

En otros momentos sí se comenzaron los juicios, pero fueron suspendidos por incapacidad de una defensora y por la apelación de un dictamen médico. En una ocasión se logró una sentencia en la que se condenó al imputado, pero se apeló y por eso volverá a debate.

Los procesos penales prolongados revictimizan a menores víctimas de abuso sexual. (Foto ilustrativa).


“Es inhumano”, señala la psicóloga Carolina Torres, de la Fundación Ser y Crecer, dedicada a la atención de víctimas de abuso.

“Se da revictimización. Los chicos tienen que estar repitiendo una y otra vez la historia de abuso con diferentes personas, y personas que no conocen, que están viendo por primera vez. Desde ahí ya empieza la ansiedad que esto les genera. Además, cuando son muy pequeños y el proceso se extiende, la información que ellos guardan se puede ver alterada. Ya no tienen la misma memoria del evento, lo relatan de manera diferente. Eso hace que muchos procesos se caigan”, agrega.

Lo ideal, añade Torres, es que el proceso penal concluya rápidamente para que las personas no tengan que repetir la experiencia traumática.

Los abogados penalistas Federico Campos y Fernando Vargas señalan que la tardanza tiene implicaciones tanto para las personas ofendidas como para los imputados.

“Esto causa un desgaste emocional, psicológico y económico en muchas personas, sean víctimas o sean imputados; por ejemplo, si el caso se hizo público, la persona se estigmatizó durante el tiempo en que el proceso penal estuvo abierto, sus negocios no van a levantar o, en el caso de los políticos, difícilmente van a aspirar a un cargo público”, señaló Campos.

Ambos hicieron referencia a la llamada “pena de banquillo” como aquel sufrimiento que pasan las personas imputadas mientras esperan la resolución del caso, cuando esta tarda mucho tiempo en llegar.

“La otra situación terrible es para los ofendidos, porque la justicia tardía no es justicia. Al cabo del tiempo la prueba se va perdiendo, se pierden videos, la gente olvida cosas, los testigos se pueden morir”, expuso Vargas.

¿Cuánto es pronto?


El Código Procesal Penal de Costa Rica no estipula cuánto debe tardar la etapa de investigación de los delitos y solo indica que deben finalizarse en un “plazo razonable”.

Ese momento del proceso está a cargo del Ministerio Público, el cual cuenta con el apoyo de la Policía Judicial.

Sin embargo, esas dos entidades manejan parámetros distintos sobre los tiempos de duración. Para el OIJ, un investigación policial debe tardar entre tres y seis meses para brindar un informe, ya sea con resultado positivo o negativo; de lo contrario, se encuentra en rezago, explicó su director. En cambio, en la Fiscalía un expediente debe estar más de dos años para que se catalogue como rezagado, detalló la fiscala adjunta, Mayra Campos.

“A nivel policial es muy poco el rezago que tenemos porque nosotros no aceptamos más de un 25% de rezago. En este momento, a nivel de todas las delegaciones, estamos como en un 20% con miras a la reducción”, informó Espinoza. También añadió que en expedientes complejos se hacen prórrogas.

Si se trata de casos normales, consideró que “en un buen sistema acusatorio, que es el que tenemos, la fiscalía debería coger el informe (del OIJ), trasladar los cargos al acusado y acusarlo, pero aquí nosotros empezamos a darle vueltas y empezamos a entrevistar otra vez a los testigos, pero ya la Policía los entrevistó, y probablemente ya hay un dictamen médico también que dice el tipo de lesión que tuvo, ahí es donde empiezan a rezagarse los casos porque empiezan a acumularse”.

“La mora judicial tiene que ver mucho con la existencia de circunstancias de orden procesal, que permiten a las partes no acudir a juicio, incapacidades, choques de agendas, recusaciones… porque el sistema de nosotros no está alineado con la necesidad de tener justicia pronta y cumplida”, señaló Espinoza.

El director de la Policía mencionó también casos mediáticamente conocidos, como el de la trocha o el cemento chino, en los cuales los investigadores finalizaron los informes pero la Fiscalía requiere más tiempo antes de acusar.

La fiscala, por su parte, mencionó que existen diferencias entre el tipo de expedientes, por ejemplo los de flagrancia (que deben ser resueltos en 24 horas) o los casos complejos o de delitos económicos que requieren de análisis más técnicos.

Indicó que el plazo de dos años para calificar un expediente en rezago se dictó como una medida administrativa de autogestión.

Actualmente, el 12,98% de los 67.237 expedientes activos están en esa condición de tardanza. El porcentaje disminuyó del 13,74% en que se encontraba en el 2017 gracias a los planes remediales que se han ejecutado, detalló Campos, quien señaló que esto se ha logrado a pesar de que el circulante va en aumento y el personal es el mismo.

En este momento, el plan se lleva a cabo en 17 fiscalías. Las que presentan mayor rezago son Fraudes, Pococí, Desamparados, II Circuito de San José (Goicoechea) y Pavas.

El Ministerio Público indicó que, a nivel general, los expedientes con mayor rezago están relacionados con estafas, falsedad ideológica, lesiones culposas, abusos sexuales a persona menor de edad o incapaz y robos agravados.

La fiscala Campos dijo que no hay una única explicación para el retraso en las investigaciones, “va desde aspectos técnicos, hasta el mismo comportamiento que pueda tener el imputado o que pueden tener las víctimas (…) Los delitos de alta complejidad, como fraudes, generan atrasos por el tipo de pruebas”, explicó.

La legislación solo prevé que si hay una “prolongación indebida en esa etapa” se puede pedir al juez que fije un plazo a la Fiscalía para que concluya.

El Código también regula que, una vez presentada la acusación, en la etapa intermedia los jueces realicen una audiencia en un plazo “no menor de diez días, ni mayor de veinte”, donde se decidirá si debe ir a juicio.

En caso de que sí debe hacerse un debate, al llegar al Tribunal, “dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al recibo de las diligencias, se fijarán el día y la hora del juicio, el que no se realizará antes de cinco días ni después de un mes”, dice la ley.

Sin embargo, esos plazos anteriores en la práctica no se cumplen porque hay gran saturación de agendas y el Código no establece consecuencias para el incumplimiento.

El abogado Vargas cuestionó que los jueces, en diferentes materias, muchas veces consideran que los plazos son “ordenatorios” y no perentorios; es decir, que no generan la caducidad de la causa.

“Usted presenta una demanda o escrito, o lo que sea, y nos hemos acostumbrado a esperar un mes para cualquier cosa. Es imposible que usted presente algo y pretenda que un fiscal en dos o tres días ya lo haya revisado y le tenga una respuesta”, lamentó.

Otros expedientes se mantienen activos por años porque un tribunal de apelación anuló la primera sentencia y ordenó que se debía realizar otro juicio. No obstante, estos son una minoría porque el 93% se mantienen iguales luego de ese filtro de la doble instancia, que funciona como una garantía para las partes de que la sentencia puede ser revisada.

Ponerse al día


Es cierto que los expedientes trabados por décadas en el Poder Judicial no son la mayoría, pero también es cierto que la mora ha sido una de las principales preocupaciones de las autoridades de la institución y de las personas usuarias, pues más del 50% de los 31.902 casos activos en tribunales penales -con corte a junio del 2018- ingresaron al sistema judicial antes del 2015, según un informe del área de Estadística del Poder Judicial, remitido a la Corte en enero de este año.

Cuando se analizan los datos más allá del ámbito penal, se observa que existen 9.952 expedientes, de todas las áreas, que se iniciaron antes del año 2000 y que se encuentran todavía activos. El porcentaje es bajo en un país en que el circulante total pendiente de resolución supera el millón de asuntos, de los cuales más de la mitad corresponden a cobros judiciales; pero es mucho cuando se analiza la percepción de las personas usuarias y el impacto de la mora, según las encuestas que ha realizado el mismo Poder Judicial.


Las áreas en las que se aglutinan más casos iniciados hace más de dos décadas son Pensiones Alimentarias (4.878), Civil (2.736) y Cobro (1.872).

En materia civil hay, incluso, un expediente iniciado hace 70 años, en época de la fundación de la Segunda República. Corresponde a una disputa de herencia, que las partes han activado y desactivado, por lo que se mantiene sin resolución, pero no por razones del sistema.

En el ámbito penal, hay 175 casos que iniciaron antes del 2000. Los más antiguos son denuncias que se presentaron en 1989, según ese informe.

Además, de los 31.902 activos en Tribunales Penales, 9,3% son denuncias previas al 2010: 47% se presentaron entre el 2011 y 2015, el resto son del 2016 en adelante.

Debido a que la tardanza judicial preocupa a las personas usuarias, en agosto del 2017, el Poder Judicial inició el proyecto Mejora Integral del Proceso Penal, mediante el cual se determinó que el cuello de botella se encuentra en la etapa de juicio, explicó el ingeniero industrial Jorge Rodríguez, quien labora en la Dirección de Planificación de esa entidad.

Mediante los análisis se percataron de que el 62% de los expedientes que ingresan son para juicios unipersonales; es decir, donde solo actúa un juez que puede conocer delitos cuyas penas sean menores a cinco años.

Los cambios implicaron, entonces, tomar tribunales colegiados (de tres jueces) y pasarlos a unipersonales, además, crear secciones especializadas de colegiados.

También, se determinó que el juez coordinador de cada Tribunal debe estar enfocado en gestionar el circulante y no participar de juicios, sino solo conocer las apelaciones de medidas cautelares.

“Pasaba antes que, como el juez coordinador estaba en juicio y estos a veces son de un mes o más largos, el juez se desentendía de toda la estructura del tribunal. Nos damos cuenta de que es muy importante que haya una figura de coordinación, de seguimiento, que revise agendas y vea, por ejemplo, si un juicio estaba programado para tres semanas, si realmente era una semana, que él lo verifique con su conocimiento jurídico”, explicó Rodríguez.

Además, como este juez coordinador conocerá las apelaciones de medidas cautelares, otros jueces no tendrán que participar en esas audiencias y, posteriormente, no tendrán que inhibirse de hacer los juicios.

El análisis realizado en este proyecto determinó que un juez de las secciones unipersonales puede producir entre 15 y 20 juicios con resultado de sentencias o medidas alternas en un mes, mientras que un tribunal colegiado hará de 11 a 15 juicios.

Con esos cambios, al finalizar el 2018, se logró aumentar la cantidad de sentencias en 28% con respecto al 2016. La mayoría de tribunales superan el parámetro de producción establecido, mientras que los más bajos en producción son Pavas, Sarapiquí y Corredores, aunque sus resultados se mantienen por encima del 80% de cumplimiento, detalló Rodríguez.

Añadió que la calidad de las resoluciones no disminuyó porque en el 93% de las que van a apelación se mantiene la decisión del primer fallo, cuando dos años antes era el 91%.

También, el promedio que anteriormente era de 2 años en tribunales pasó a 13 meses, incluso algunos donde el tiempo disminuyó a 6 meses, como los de Pérez Zeledón, San Ramón, Grecia, San Carlos, Desamparados y Osa, detalló Rodríguez.

El Poder Judicial está llevando el plan a otras etapas del proceso penal y también busca replicarlo en otras materias.


“Mi hermano murió esperando que se resolviera el caso”

La familia Ruiz Villafuerte vive en una propiedad de Guanacaste desde hace cinco décadas. Cuando una persona les quitó la finca de forma fraudulenta, tuvieron que esperar años por justicia. (Foto: cortesía).


En en el 2010, Martín, sus hermanos y su mamá decidieron vender parte de la finca en la que la familia vivía desde hace más de 50 años y donde trabajaban la tierra para subsistir.

Martín Ruiz Villafuerte es actualmente un pensionado del Organismo de Investigación Judicial (OIJ). Su familia, de origen campesino, reside en Bejuco de Nandayure, en una propiedad que da al mar.

“Nosotros estábamos negociando para vender 50 hectáreas de la propiedad. Yo estaba en Jacó y mi familia en Guanacaste. Mis hermanillos me llamaron y me dijeron que llegó un guatemalteco, de apellido Ponciano, y les dijo que le dieran un chance de unos ocho días. Pasaron tres o cinco días y mi hermano me llamó y me dijo que el chavalo pidió de tiempo ocho días más”, recuerda Martín.

Pero el extranjero no volvió a aparecer y llegó un suizo con intenciones de comprar. “Mi hermano le dio la información y para la sorpresa de nosotros estaba a nombre Ponciano”.

Ni Martín ni su familia habían firmado ningún papel para traspasar esa finca que, además, había sido hipotecada por $600.000 con un prestamista.

Entonces el exinvestigador judicial contactó a su amigo y abogado Fernando Vargas.

Averiguaron que la escritura fue realizada por un notario de Heredia e interpusieron la denuncia en la Fiscalía de esa zona con todos los elementos recopilados.

“Imagínese que fueron a inscribir la propiedad como a las 10 a.m. y a las 11 a.m. hicieron la hipoteca en Jacó”, contó Martín.

“Entonces comenzó y pasó un año… Imagínese que hubo tres fiscales a cargo de la situación y nadie hacía nada, entonces nosotros fuimos a hablar con la jefatura”.

De acuerdo con Martín, tanto el notario de la supuesta venta como la abogada que intervino en la hipoteca querían conciliar y hasta ser testigos contra el comprador fraudulento. No obstante, la Fiscalía no estuvo de acuerdo en conciliar y el tiempo siguió pasando sin resultados.

“Esa situación a mi hermano lo llevó a una depresión, le dieron cinco derrames y no aguantó (falleció en el 2017). Mi mamá tiene 94 años y me dijo que para qué seguir con esto, que nadie le iba a devolver a su hijo y llegamos a conciliar el 14 de marzo del 2018”, recuerda.

“Mi familia es gente de Guanacaste, de campo, son muy humildes. Mi mamá tuvo un quebranto, porque ella decía que ese fue el trabajo con mi papá y que cómo nos lo van a quitar. Esto tardó por negligencia de los fiscales”, reprocha Martín.

FUENTE SEMANARIO UNIVERSIDAD


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