LA VOZ DE GOICOECHEA.- El Instituto Nacional de Seguros (INS) recordó que la Póliza de Riesgos del Trabajo no ampara a los Toreros Improvisados y montadores, sino que, más bien, los organizadores del evento deben adquirir una póliza Básica de Accidentes Colectiva para proteger a los participantes.
Mediante un comunicado de prensa, el INS detalló que la actividad de los Toreros Improvisados no es catalogada como una actividad laboral y, por lo tanto, las lesiones que se generen con motivo de las corridas en un redondel no pueden ser cubiertas por el Seguro de Riesgos del Trabajo, a no ser que exista una relación laboral entre el organizador y el torero.
Lo mismo aplica tanto para las fiestas de fin y principio de año, como para cualquier otra corrida que se realice en cualquier momento del año.
Por ello, el INS recuerda que los organizadores deben adquirir una Póliza Básica de Accidentes, la cual, ofrece cobertura en caso de muerte accidental, incapacidad y gastos médicos y el precio varía debido al monto asegurado que se desee contratar.
Por ejemplo, para una corrida en la que participarán 100 personas como montadores o toreros improvisados, y el organizador desea contratar la opción de monto asegurado de ¢3 millones por persona, el costo sería de ¢1.720.000,00 más I.V.A. (100 x ¢17.200,00 + I.V.A.).
En caso de accidente, el asegurado puede optar por recibir atención médica en cualquiera de los Centros Médicos Regionales del Instituto, para lo cual, debe presentar una orden de atención médica extendida por alguna Sede del Instituto, sujeto a las siguientes condiciones:
No se limita la cantidad de consultas.
No se aplicará deducible ni coaseguro.
Los gastos serán deducidos de la Cobertura de Gastos Médicos, sin la aplicación de deducible y coaseguro.
Lo mismo aplica tanto para las fiestas de fin y principio de año, como para cualquier otra corrida que se realice en cualquier momento del año.
Por ello, el INS recuerda que los organizadores deben adquirir una Póliza Básica de Accidentes, la cual, ofrece cobertura en caso de muerte accidental, incapacidad y gastos médicos y el precio varía debido al monto asegurado que se desee contratar.
Por ejemplo, para una corrida en la que participarán 100 personas como montadores o toreros improvisados, y el organizador desea contratar la opción de monto asegurado de ¢3 millones por persona, el costo sería de ¢1.720.000,00 más I.V.A. (100 x ¢17.200,00 + I.V.A.).
En caso de accidente, el asegurado puede optar por recibir atención médica en cualquiera de los Centros Médicos Regionales del Instituto, para lo cual, debe presentar una orden de atención médica extendida por alguna Sede del Instituto, sujeto a las siguientes condiciones:
No se limita la cantidad de consultas.
No se aplicará deducible ni coaseguro.
Los gastos serán deducidos de la Cobertura de Gastos Médicos, sin la aplicación de deducible y coaseguro.
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