“La responsabilidad de su aplicación es de todo el personal de la Municipalidad, pero corresponderá a las jefaturas vigilar su aplicación y cumplimiento y la ContralorÃa de Servicios de la Institución coadyuvará en la fiscalización del cumplimiento de los lineamientos contenidos en este Protocolo de atención a la persona usuaria”, dijo Melvin Montero Murillo, jefe de esa ContralorÃa.
El documento aprobado por el Concejo Municipal el 27 de enero, cuenta con el fundamento legal de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de ContralorÃas de Servicios, Ley 9168 del 08 de agosto del 2013; Decreto N° 39096, Plan Reglamento a la Ley Reguladora del Sistema Nacional de ContralorÃas de Servicios, publicado en La Gaceta N° 154 del 10 de agosto de 2015 y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la ContralorÃa de Servicios de la Municipalidad de Goicoechea, aprobado por el Concejo Municipal el 10 de marzo del 2014 y publicado en la Gaceta N° 70 del 9 de abril de ese mismo año.
Entre los lineamientos contenidos en el Protocolo a cumplir por parte del personal municipal tiene que ver con la Ética y Transparencia, donde es deber del funcionario atender a las personas usuarias o contribuyentes, en forma clara, sin ambigüedad y sin dudas, asà como ser congruentes y honestos en el trabajo, aplicando las normas legales establecidas con amabilidad, compromiso, diligencia y disposición tanto para los usuarios como para con los compañeros de trabajo, indica el documento.
Además, el funcionario debe tener confiabilidad de la información, no debe mentir, la información debe ser precisa y exacta, ya sea en informes, estudios, reportes o datos.
La atención de personas usuarias con discapacidad auditiva debe ser atendidas en su propio sistema de comunicación llamado, Lenguaje de Señas Costarricense (LESCO)
Con la atención de personas con discapacidad fÃsica es necesario usar el ascensor, en caso de que la persona no esté de acuerdo en utilizarlo el funcionario debe desplazarse a la planta baja para cumplir con la debida atención.
Con las personas que se movilizan en sillas de ruedas, muletas, andadera u otro implemento, el funcionario debe mantenerse cerca de la persona.
En lo que respecta personas con discapacidad cognitiva, se debe atender con naturalidad y no comentar con otras personas de su condición, en lo que respecta a la atención a las personas con discapacidad visual se atenderá con las indicaciones ya elaboradas por las instituciones que atienden a esta población.
Melvin Montero Murillo, Contralor de Servicios en la Municipalidad de Goicoechea, acotó que esta era una deuda pendiente con los usuarios o contribuyentes del cantón, que al dÃa de hoy queda saldada, por lo menos con la publicación en la Gaceta de este protocolo, “corresponderá ahora a la administración implantarla en cada departamento y funcionario que atiende público”, finalizó
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