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Se suspende la Restricción Vehicular durante Semana Santa SIN RESTRICCION VEHICULAR DEL LUNES 25 AL VIERNES 29 DE MARZO (SE RETOMA EL LUNES 01 ABRIL, CON PLACAS 1 y 2)

La irracionalidad de la dirección del Concejo juega a favor de la impunidad


Por Ronald Arrieta Calvo

LA VOZ DE GOICOECHEA.- Quienes pensamos que la sesión del día de los inocentes era la máxima expresión de irracionalidad de conducción del Concejo, pues nos equivocamos. Pasamos por inocentes.

La conducción del Concejo logró bajar aún más de nivel de racionalidad. Hemos llegado al absurdum. Aún queda un nivel: el del absurdum absolutus. Continuamos cuesta abajo.

Fue misión imposible que en la segunda administración del anterior Concejo los órganos directores culminaran éxitosamente. Mediante “errores” montados la camarilla logró que las investigaciones no dieran fruto alguno.

¿Se estará repitiendo esa táctica nuevamente? Sin que Ronald Salas, en aquel momento presidente del Comité Cantonal de Deportes, lo solicitara formalmente, el presidente municipal le concedió audiencia y sin permiso del Concejo le permitió sentarse en la mesa principal violentando el reglamento de orden y debates.

Más grave aún: indujo a regidores y regidora miembros del órgano director a externar criterios subjetivos y manifestaciones de aprobación de conducta mediante aplausos y comentarios sobre el investigado. De esta forma quienes mordieron el anzuelo se exponen a ser recusados, atrasando la rendición del informe con el peligro de no cumplir con el plazo y trayéndose abajo todo el trámite de instrucción, favoreciendo una vez más la impunidad en el Comité Cantonal de Deportes.

Lo que no sabíamos es que el espectáculo circense constaba de dos actos: el segundo se presentó en la primera sesión del año 2021.

Cuando se iba a tratar el segundo tema de “Asuntos urgentes, Informe sobre Gestión de Recusación Procedimiento Administrativo PAM-001-2020”, Murillo indicó sin dar justificación alguna que: "...oigan, tienen que salir todos"

Es importante saber que en el derecho público, los funcionarios públicos están legitimados para hacer en el ejercicio de su función ÚNICAMENTE lo que la ley les autoriza realizar.

No existe ley ni disposición alguna que permita excluir a regidores, síndicos o al alcalde de una sesión municipal.

Se podría especular que el objetivo era mantener la confidencialidad de los oficios que se iban a conocer. Sin embargo, justamente la creación de un órgano director es para garantizar esa confidencialidad, por lo tanto el órgano director es el indicado para tomar las decisiones con respecto a lo que le soliciten.

Ahora bien, si lo que se quería era que miembros del órgano director no participaran en la votación sobre el oficio a conocer, para no adelantar criterio, perfectamente esas tres personas se hubieran inhibido y no votan. ¿Para que excluirlos si esas personas fueron las que elevaron los oficios al Concejo y por lo tanto lo conocían?

Otro de los hechos incomprensibles es ¿con qué justificación el regidor Rodolfo Muñoz Valverde abandonó la sala?

El presidente del Concejo Municipal indicó que: “…aquí hay una situación que hay que aclarar. Vamos a hacer un receso, porque tienen que salir los señores del recinto, según la instrucción que tenemos”.

Según el artículo 41 del reglamento de orden y debates los recesos se autorizan hasta por un máximo de 30 minutos por cada sesión. ¿En qué momento se levantó el receso lo desconocemos, ya que la transmisión de la sesión fue suspendida.

La sesión conluyó y las personas síndicas y regidoras no se volvieron a reincorporar a la sesión, ya que esta concluyó con exclusión de la ciudadanía y de estas personas.

Esas personas excluidas al no haberse incorporado a la sesión, pasados 30 minutos, según el inciso “o” del artículo 48 del reglamento de orden y debates perdieron su dieta.

Parte de la sesión se hizo no solo con la exclusión de miembros del Concejo, sino también con exclusión del público, a contrapelo de lo que establece el artículo 41, Las sesiones del Concejo serán públicas”

Más catastrófica no puede ser la situación a que ha sido conducido este Concejo Municipal. Para amenizar este “quilombo” voy a escuchar el famoso tango de Le Pera (letra) y Gardel (música): “Cuesta abajo” y esperar que nos depara la segunda sesión del año. 

Artículos del Reglamento  Interior de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal de Goicoechea

Artículo 41. Los miembros del Concejo podrán solicitar a la Presidencia, durante las sesiones, que se concedan recesos, los cuales podrán ser autorizados hasta por un máximo de treinta minutos en total, por cada sesión.

Vencido el plazo del receso la Presidencia reiniciará la sesión, para lo cual, si fuere necesario, hará las sustituciones correspondientes para completar el quórum.

Artículo 48. Corresponderá a la Presidencia Municipal, junto a las otras atribuciones conferidas en el Código Municipal y en este Reglamento: o)- Conceder permiso a los miembros del Concejo, a los síndicos, al Alcalde, el Auditor, Contador y a los Asesores, para salir temporalmente de usa sesión, durante un lapso no mayor de quince minutos. Pasado este período el regidor o síndico que no se reintegre a la sesión perderá la dieta correspondiente.

Artículo 41. - Las sesiones del Concejo serán públicas. El Concejo deberá reglamentar la intervención y formalidad de los particulares.

 


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