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CCSS amplia cobertura de seguro a trabajadores con suspensiĆ³n de contratos


Es el tercer periodo que la instituciĆ³n amplĆ­a la cobertura

Por Diego Coto RamĆ­rez

LA VOZ DE GOICOECHEA.- Por tercera vez, la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobĆ³ ampliar la cobertura de seguro de salud por tres meses a trabajadores con una suspensiĆ³n de contrato laboral debido al impacto de la emergencia nacional por covid-19 en el paĆ­s.

De acuerdo con el mĆ”ximo Ć³rgano institucional, este nuevo periodo rige desde el 01 de abril anterior hasta el 30 de junio prĆ³ximo, cuya pretensiĆ³n institucional es seguir, de acuerdo con las posibilidades, apoyando a las personas que han tenido una reducciĆ³n de sus ingresos econĆ³micos por la suspensiĆ³n de sus contratos de trabajo suspendidos.

Esta decisiĆ³n reforma, de forma excepcional y transitoria, el artĆ­culo 58 del Reglamento de Seguro de Salud al amparo de lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 42248 – MTSSS, “Reglamento para el procedimiento de suspensiĆ³n temporal de contratos de trabajo en casos relacionados con los incisos a) y b) del artĆ­culo 74 del CĆ³digo de Trabajo”; el cual da un plazo de seis meses de seguro de salud posteriores al cese del contrato de trabajo de una persona.

El primer periodo que se ampliĆ³ fue entre los meses de octubre a diciembre de 2020, posteriormente, el segundo periodo fue del 01 de enero al 31 de marzo de 2021.

Esta medida es parte de las que la Junta Directiva de la CCSS ha tomado para apoyar a los costarricenses en medio de la emergencia nacional, como lo fue la reducciĆ³n de la base mĆ­nima contributiva en cuatro ocasiones, la postergaciĆ³n de pago de cuotas de los crĆ©ditos hipotecarios del rĆ©gimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM), la suspensiĆ³n de las gestiones de cobro, mantener las medidas transitorias al Reglamento que regula la formalizaciĆ³n de acuerdos de pago por deudas de patronos y trabajadores independientes con la CCSS, aprobadas 19 de julio del 2019, la reducciĆ³n de la tasa de interĆ©s para los acuerdos de pago, la ampliaciĆ³n en la definiciĆ³n de la incapacidad, entre otras.

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