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Futuro incierto para personas ciegas, notarias y Observadoras electorales


Por Alberto Cabezas

LA VOZ DE GOICOECHEA.- El 9 de diciembre pasado Manuel Enrique Jiménez, persona ciega y notario informó al Tribunal Supremo de Elecciones que desea acreditar 4 organizaciones no gubernamentales, 2 costarricenses y 2 extranjeras como Observadoras tanto Nacionales como internacionales, para lo cual desea ejercer como Observador Nacional y Notario, ya que esto lo estudio en la UCR y se incorporó al Colegio de Abogados y abogadas al respecto como abogado. Por lo que solicito que le den permiso de ejercer estos cargos como notario.

Tendría que investigar un poco más en ese tema, porque ahora no lo tengo presente si una persona ciega puede ejercer como notario y Observador Nacional a la vez, me puedo comprometer a tomar nota y ampliar sobre este particular. Ahora bien, a nivel de Observador, considero que tendría todas las condiciones para poder ejercerlo, ya lo de a nivel de notario es lo que voy a investigar un poco más”, precisó Alejandra Peraza, Coordinadora del programa de Equiparación del ejercicio del voto del Tribunal Supremo de Elecciones.

“Que dicha me entero a través del Periódico La Voz de Goicoechea de este caso, para darle trámite a esta persona ciega en la misma línea y de una forma oportuna. Lo que sí sabemos es que las personas que tienen dificultad visual pueden hacerse acompañar de un acompañante que pueda asistirlos, eso si ya lo hemos analizado a través del TSE y se ha pronunciado al respecto”, puntualizó.

Agregó, “Si la persona se inscribe como Observador ante una Junta receptora de votos la persona puede hacerse acompañar de una persona que pueda asistirlo en todo ese proceso”.

Con esta funcionaria del TSE conversó el Periódico La Voz de Goicoechea.

¿Qué acciones ha tomado el TSE para que una persona ciega o con discapacidad pueda ser fiscal, miembro de mesa, Observador Nacional o Internacional, ya sean mesas receptoras de votos ubicadas en centros educativos, en las cárceles, consulados, reservas indígenas, asilos de personas adultas mayores, etc.?

En el caso de Observadores como ya le comentaba ya le conteste me falta la falta de notario, pero si está habilitado para que la persona pueda solicitar su inscripción tanto como Observador o Fiscal, no hay ningún impedimento en este sentido, si hay jurisprudencia podríamos buscarla y hacérsela llegar.

Pero en la práctica no hay ningún inconveniente, igual está la figura que ellos se puedan hacer acompañar por una persona que les coadyuve en ese proceso, por eso no tendríamos ningún tipo de problema.

En el caso de juntas receptoras de votos o acceso a los centros de votación, zonas indígenas, hay la misma libertad. La garantía es el acceso que estas personas puedan participar del proceso electoral, como lo hace cualquier otro ciudadano costarricense que es.

¿Una persona con discapacidad ejerciendo su cómo fiscal u Observador puede estar acompañado en sus funciones?

Puede estar acompañando en este proceso de Observación o fiscalización que va a realizar. Que es una persona asistente, que lo asiste, lo acompaña durante ese proceso, por la condición de ser persona con discapacidad, esto incluye a las personas adultas mayores.

En el caso, de los Observadores pueden ir a todas las Juntas Receptoras de Votos, pero en el caso de los Fiscales también pueden ser fiscales generales en las Juntas Receptoras, por eso es simplemente que a la hora de hacer la solicitud se haga el planteamiento para que se tome nota a través del Organismo Electoral y que se establezca que a la hora de que esta persona ejerza su función pueda ir a acompañada de una persona asistente.

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