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Sala Cuarta ordena al MOPT emitir un reglamento para eventos deportivos en vías públicas


Por Luis Jiménez

LA VOZ DE GOICOECHEA.- 
El Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) deberá emitir, a más tardar en abril próximo, el reglamento de Ley para regular los eventos deportivos en las vías públicas terrestres, la cual empezó a regir el 1 de diciembre del 2020. 

Esa fue la orden que emitió la Sala Constitucional, dictada en la sentencia número 2033003213 del pasado 11 de febrero. Dicha ley busca unificar la vía para recibir permisos para las carreras de este tipo de deportes. 

Sin embargo, aún es solo un papel, sin capacidad de ser llevado a la práctica, porque se dispone que “el poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de dos meses”, según señala el artículo 23. 

Ese plazo venció el 1 de febrero de 2021, a partir de ahí fue que la Federación de Urbanatlón presentó un recurso de amparo, en el cual se alegó que las autoridades incumplían con el artículo 23 de la mencionada ley, donde se establece que el reglamento para su ejecución debía emitirse en el plazo de dos meses. 

“El Tribunal procura permitir la promoción de eventos deportivos, la salud, el deporte y la unión de la comunidad con el cumplimiento de las debidas medidas de seguridad”, indicó la Sala. 

“Dicha omisión resulta contraria a los derechos del tutelado, en el tanto no le permite contar con una norma que regule aspectos relativos a su seguridad, y que resulte acorde con la actual normativa de tránsito. 

En ese sentido, se reitera que existe una doble vinculación del Poder Ejecutivo, por un lado, a la ley y por otro a la Constitución. Por ello, es evidente que la Administración no cuenta con discrecionalidad alguna para excusarse de reglamentar una ley si así ha sido ordenado por el Legislador o por el Constituyente, teniendo en cuenta, asimismo, los alcances del principio de legalidad”, resolvió el Tribunal. 

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