Sala IV avala inclusión de municipalidades en Ley de Empleo Público


Magistrados descartan violación a la autonomía local y reafirman igualdad salarial en el sector público

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró este lunes 23 de junio sin lugar una acción de inconstitucionalidad que pretendía excluir a las municipalidades de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), bajo el argumento de una supuesta afectación a la autonomía de los gobiernos locales.

En su resolución, los magistrados concluyeron que los argumentos de la parte accionante no demuestran una lesión efectiva al principio de autonomía municipal. “Dicha autonomía es de grado dos, lo que faculta a los gobiernos locales para administrar sus recursos y ejercer sus competencias, pero siempre dentro del marco integral del Estado”, señalaron.

Asimismo, la Sala reiteró que la Constitución Política garantiza la igualdad salarial dentro del sector público y que este principio puede ser regulado por medio de legislación general que rija para toda la Administración Pública.

En su análisis, el tribunal también cuestionó la falta de profundidad de los alegatos presentados, indicando que fueron “planteados de manera genérica, sin detallar de forma específica cómo la disposición impugnada transgrede los principios constitucionales invocados”.

El voto fue adoptado por los magistrados Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García e Ingrid Hess Herrera. También participaron la magistrada suplente Ana Cristina Fernández Acuña, en calidad de instructora, y el magistrado suplente Jorge Isaac Solano Aguilar.

Con esta decisión, la Sala IV respalda la aplicación de la Ley de Empleo Público en los gobiernos locales, consolidando el criterio de que todos los entes del sector público deben regirse bajo principios comunes, como la equidad y la eficiencia en la gestión del recurso humano.


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