LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió para estudio un recurso de amparo presentado por Carmen Barboza Chacón, vecina del Barrio Miraflores, en contra del Ministerio de Educación Pública (MEP) y la Municipalidad de Goicoechea, por el presunto cierre arbitrario de un acceso público sobre el río Torres.
El recurso,
tramitado bajo el expediente número 25-018787-0007-CO, cuestiona la instalación
de un portón sobre un puente peatonal que, según la recurrente, ha sido
tradicionalmente utilizado por los vecinos del sector. La denuncia sostiene que
la Junta Administrativa del Colegio Anastasio Alfaro colocó el portón con
fondos públicos, sin brindar justificación legal clara y limitando el tránsito
ciudadano.
Barboza asegura
haber solicitado explicaciones a las municipalidades de Montes de Oca y
Goicoechea sin recibir fundamentos legales que respaldaran el cierre. En
respuesta, la Municipalidad de Montes de Oca aclaró mediante oficio
GF-OF-030-2025 del 6 de febrero que no construyó el portón y que este se
encuentra del lado correspondiente a Goicoechea, dado que el río Torres sirve
de límite cantonal.
Por su parte, la
Municipalidad de Goicoechea respondió, mediante el oficio MG-AG-01114-2025
fechado el 24 de febrero, que el puente no constituye un acceso público y que
el portón fue colocado como medida de seguridad para las instalaciones del
centro educativo, siguiendo un criterio técnico emitido por el director de
Ingeniería y Operaciones, Mario Iván Rojas Sánchez.
A pesar de
reconocer la importancia de resguardar el colegio, la recurrente insiste en que
dicha seguridad no puede justificar la restricción al uso de un bien de dominio
público. Sugiere que el portón debería estar ubicado dentro de los linderos de
la institución, sin afectar el libre tránsito de los vecinos.
La Sala ha
solicitado informes al director del Colegio Anastasio Alfaro, al alcalde Fernando
Chavarría Quirós y a Gloriana Diorela
Carmona Seravalli, presidenta del Concejo Municipal de Goicoechea, quienes
deberán rendir cuentas bajo juramento en un plazo de tres días hábiles tras ser
notificados. Cualquier omisión será interpretada como aceptación de los hechos
denunciados y podría derivar en que el recurso se declare con lugar.
Además, la Sala
Constitucional recordó que desobedecer una orden de este tribunal puede
conllevar penas de prisión o días multa. Las notificaciones estarán a cargo de
la Oficina de Comunicaciones Judiciales del II Circuito Judicial de San José
(Goicoechea), que deberá realizarlas en un plazo máximo de cinco días.
El magistrado
instructor designado para este proceso es Jorge Araya García. La resolución
final determinará si se vulneraron derechos fundamentales de los vecinos de
Miraflores con el cierre del puente.
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