Según el escrito, el
recurrente solicitó el pasado 27 de agosto —mediante correo electrónico—
detalles sobre la licitación de la obra, incluyendo la fecha de adjudicación,
la empresa contratada, el monto presupuestado, las condiciones de prórrogas o
sanciones, la fecha de inicio y el avance actual del proyecto. Aunque la
institución acusó recibo de la petición, al día siguiente la Proveeduría indicó
que, por órdenes superiores, debía agendar una cita y presentarse personalmente
para acceder al expediente.
Mouaffak replicó que
requería la información por vía electrónica y que esta debería ser de acceso
público sin necesidad de trámites presenciales. Al no obtener respuesta en un
plazo razonable, alegó la violación de sus derechos constitucionales de
petición y acceso a la información, amparados en el artículo 30 de la
Constitución Política.
La Sala requirió al
presidente y secretario del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Goicoechea rendir un informe bajo juramento en un plazo de tres días hábiles,
aportando la documentación pertinente en orden cronológico y en formato físico
o digital. Asimismo, se les previno que cualquier omisión o falsedad podría
acarrear sanciones por perjurio o falso testimonio, e incluso que el recurso se
declare con lugar por falta de contestación.
La notificación fue
encomendada a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del II Circuito Judicial
de San José, con sede en Goicoechea, mientras que la instrucción del caso quedó
a cargo del magistrado Paul Rueda Leal.
Más allá de la resolución
puntual, este proceso pone en evidencia un tema de fondo: la tensión entre la
cultura administrativa de la presencialidad y el derecho ciudadano a un acceso
ágil y transparente a la información pública. El desenlace del caso podría
marcar un precedente no solo para el Comité Cantona de Deportes de Goicoechea,
sino también para otras instituciones locales, donde con frecuencia se imponen
trámites burocráticos que limitan la fiscalización ciudadana. En un país que se
precia de su institucionalidad democrática, la modernización digital y la
rendición de cuentas ya no son un lujo, sino una obligación impostergable.
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