LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Bernardo Mora).- La prohibición de la beligerancia política impuesta al Presidente y a otros jerarcas del Poder Ejecutivo en Costa Rica, en contraste con la relativa libertad de la que gozan los diputados, no es un capricho legal, sino un mecanismo de salvaguarda democrática que busca proteger la equidad del proceso electoral y la neutralidad de la administración pública.
La neutralidad del ejecutivo como pilar democrático
El Poder Ejecutivo tiene a su cargo la administración del Estado, el manejo de los recursos públicos y la dirección de la fuerza pública. La prohibición de la beligerancia política (establecida en el Código Electoral, Artículo 146 y desarrollada por jurisprudencia del TSE) busca impedir que se utilicen todos estos recursos, la autoridad y la influencia del cargo presidencial o ministerial, para favorecer o desfavorecer a un partido político o candidatura.
En esencia, se trata de una medida para garantizar la igualdad de condiciones en la contienda electoral. Si el Presidente, con su plataforma, capacidad de convocatoria y el control de la estructura administrativa, pudiera hacer campaña abierta y partidista, se generaría un desbalance insuperable frente al resto de los actores políticos. El riesgo de utilizar fondos o infraestructura estatal para fines proselitistas sería muy alto. La democracia costarricense ha priorizado la neutralidad estatal en el juego electoral por encima del derecho de participación política plena de sus jerarcas.
La beligerancia permitida en el legislativo: La esencia del debate
En contraparte, la Asamblea Legislativa (formada por 57 diputados) tiene como función primordial la creación de leyes y el control político sobre el Ejecutivo. Los diputados son, por naturaleza, representantes directos de partidos políticos y sus ideologías. Su trabajo intrínseco consiste en el debate político-partidista y la defensa de sus agendas.
Una prohibición total de la beligerancia política para los diputados sería un contrasentido y atentaría contra la propia función del Parlamento. Los diputados están obligados a discutir asuntos de carácter político-electoral, a criticar la gestión del gobierno, y a promover sus propuestas partidistas, pues de eso se trata la representación popular. Limitarlo sería silenciar la voz de la oposición y obstaculizar el debate público esencial para una democracia.
¿Es correcto? Sí, pero...
Desde una perspectiva de la división de poderes y la equidad electoral, este modelo es correcto. Se compensa el enorme poder y la plataforma de la Presidencia con una restricción, mientras que se permite el libre debate en el Poder encargado de la representación y el control.
No obstante, en la práctica, el límite es a menudo difuso y es fuente de constante tensión. La crítica constructiva del Ejecutivo a los diputados o partidos es legítima; el problema surge cuando el Presidente utiliza el poder simbólico de su investidura para descalificar o influir directamente en la futura contienda electoral. De ahí que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) deba estar constantemente vigilante, abriendo investigaciones cuando se presume un exceso, tal como ha ocurrido recientemente con el actual mandatario.
El reto para Costa Rica es mantener este equilibrio: un Ejecutivo neutral en lo electoral para asegurar la cancha pareja, y un Legislativo vibrante y beligerante para sostener el debate democrático. Es un precio justo para conservar la transparencia y la imparcialidad en la cuna de la administración pública.
El proyecto de ley que busca reforzar las restricciones contra la beligerancia política demuestra que este es un tema de constante debate en el país.
El Poder Ejecutivo tiene a su cargo la administración del Estado, el manejo de los recursos públicos y la dirección de la fuerza pública. La prohibición de la beligerancia política (establecida en el Código Electoral, Artículo 146 y desarrollada por jurisprudencia del TSE) busca impedir que se utilicen todos estos recursos, la autoridad y la influencia del cargo presidencial o ministerial, para favorecer o desfavorecer a un partido político o candidatura.
En esencia, se trata de una medida para garantizar la igualdad de condiciones en la contienda electoral. Si el Presidente, con su plataforma, capacidad de convocatoria y el control de la estructura administrativa, pudiera hacer campaña abierta y partidista, se generaría un desbalance insuperable frente al resto de los actores políticos. El riesgo de utilizar fondos o infraestructura estatal para fines proselitistas sería muy alto. La democracia costarricense ha priorizado la neutralidad estatal en el juego electoral por encima del derecho de participación política plena de sus jerarcas.
La beligerancia permitida en el legislativo: La esencia del debate
En contraparte, la Asamblea Legislativa (formada por 57 diputados) tiene como función primordial la creación de leyes y el control político sobre el Ejecutivo. Los diputados son, por naturaleza, representantes directos de partidos políticos y sus ideologías. Su trabajo intrínseco consiste en el debate político-partidista y la defensa de sus agendas.
Una prohibición total de la beligerancia política para los diputados sería un contrasentido y atentaría contra la propia función del Parlamento. Los diputados están obligados a discutir asuntos de carácter político-electoral, a criticar la gestión del gobierno, y a promover sus propuestas partidistas, pues de eso se trata la representación popular. Limitarlo sería silenciar la voz de la oposición y obstaculizar el debate público esencial para una democracia.
¿Es correcto? Sí, pero...
Desde una perspectiva de la división de poderes y la equidad electoral, este modelo es correcto. Se compensa el enorme poder y la plataforma de la Presidencia con una restricción, mientras que se permite el libre debate en el Poder encargado de la representación y el control.
No obstante, en la práctica, el límite es a menudo difuso y es fuente de constante tensión. La crítica constructiva del Ejecutivo a los diputados o partidos es legítima; el problema surge cuando el Presidente utiliza el poder simbólico de su investidura para descalificar o influir directamente en la futura contienda electoral. De ahí que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) deba estar constantemente vigilante, abriendo investigaciones cuando se presume un exceso, tal como ha ocurrido recientemente con el actual mandatario.
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