La Municipalidad alegaba que la administración anterior entregó el certificado de disponibilidad del líquido de forma ilegal, pues el cantón solo tiene agua garantizada para los próximos nueve años. Sin embargo, la Sala determinó que el cambio de criterio no debía perjudicar a las familias, pues esto lesionaba el derecho humano al agua.
Por unanimidad, la Sala ordenó al alcalde Randall Vega que, en un plazo máximo de 15 días, ejecute las medidas necesarias para dotar de agua al condominio, bajo advertencia de incurrir en el delito de desobediencia (sancionado con cárcel).
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