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“Bajo ninguna circunstancia se entregarán listas de refugiados a gobierno de Ortega”, sentencia defensoría

LA VOZ DE GOICOECHEA.- La Defensoría de los Habitantes aseguró que “bajo ninguna circunstancia” se entregarán al gobierno de Daniel Ortega,un listado con los nombres de las personas nicaragüenses que han solicitado refugio en nuestro país.

Según trascendió, la Defensoría señaló que “se debe garantizar el principio de confidencialidad y la obligación de brindar protección internacional a personas solicitantes de refugio; lo contrario constituiría una grave lesión a los derechos humanos de estas personas, cuya vida y libertad se verían expuestas a la pérdida inevitable, irrecuperable e inexcusable de los mismos”.

El señalamiento del organismo se da posterior a que el presidente nicaragüense Daniel Ortega manifestara públicamente que pedirá al gobierno de Costa Rica el listado de las personas que están solicitando refugio en nuestro país con el pretexto de que tienen cuentas pendientes con la justicia en su país.

“Costa Rica como democracia cimentada en valores como el respeto a los Derechos Humanos debe dar muestras de respeto a los convenios internacionales que protegen a las personas refugiadas, a los organismos internacionales que velan por su respeto, pero sobre todo a las personas que confían en nuestro país como un lugar en el que se les trata con respeto y se protegen sus derechos”, manifestó el Defensor de los Habitantes en funciones, Juan Manuel Cordero.

Por otra parte, ante la consulta de El Periodicocr sobre lo afirmado por Ortega, la Dirección de Comunicación Institucional de la Cancillería de Costa Rica señaló, mediante un mensaje de texto, que no es posible proporcionar información sobre quienes tramitan protección. Ello, de acuerdo con lo establecido en legislación costarricense sobre el tema, indicó la cancillería.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto no puede dar detalles sobre solicitantes de asilo o refugio, ya que se trata de información sensible que se rige por el principio de confidencialidad, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento de Personas Refugiadas Decreto N 26831-G”, explicó.




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