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Lo que debe saber sobre los comprobantes electrónicos

¿Qué son los comprobantes electrónicos? Los comprobantes electrónicos, son archivos electrónicos, que son generados, expresados y transmitidos al momento de vender bienes o servicios en formato XML, los cuales deben cumplir con los requisitos legales establecidos.  
Tipos de comprobantes electrónicos  
1) Factura electrónica.  
2) Tiquete electrónico, que emiten los supermercados.  
3) Nota de crédito  
4) Nota de débito  
5) Mensajes de confirmación.  
Y entran en juego dos nuevos comprobantes  
6) Factura electrónica de compra, se usa para justificar gastos cuando se recibe una factura en papel. Por ejemplo, si va a comprar a una feria y le da una factura en papel, usted puede emitir una factura de compra, y la manda a Hacienda para justificar el gasto. No aplica para en caso de los exentos de emitir facturas electrónicas.  
7) La factura electrónica de exportación, es un nuevo comprobante que viene a regular mercancías de bienes intangibles o prestación de servicios en que se realicen desde el territorio nacional hacia el exterior.
8) La emisión de los comprobantes electrónicos es una obligación para TODAS las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades lucrativas o presten servicios, excepto los que la Ley están exonerados de su emisión, para lo cual primero deben inscribirse en la Administración Tributaria como declarante del Impuesto sobre la Renta y del IVA.  
9) Para anular o corregir una factura o tiquete electrónico, se utiliza una nota de crédito o débito, según corresponda, porque la factura original se debe mantener inalterable para que se mantenga el consecutivo y no pueda reutilizarse.  
10) Estos comprobantes electrónicos, para efectos tributarios, tienen la misma eficacia jurídica y fuerza probatoria que lo tiene un comprobante físico autorizado.  
11) La emisión y entrega de comprobantes electrónicos, se hace en el momento de compraventa o la prestación del servicio.  
12) Si tenemos algún contratiempo y no podemos dar la factura en el momento de la venta, se puede hacer comprobante provisional que sería una factura de papel autorizado por tributación con indicación del motivo de la contingencia y tenemos 2 días hábiles para emitir la factura electrónica.  
13) En el caso del Régimen de Tributación Simplificada y los exentos de emitir factura electrónica, si el cliente se lo solicite tiene la obligación de darla, pero siguen estando eximido de la confirmación de las facturas.  
14) Los que están en el Régimen Simplicado deben colocar en un lugar visible un título que los acredita, y si se niegan a dar factura electrónica el cliente puede poner una denuncia ante tributación y hacerse acreedores de una multa y en caso de reincidencia el cierre del negocio por 5 días naturales.  
15) El plazo para la aceptación o rechazo de los comprobantes rige a partir del momento en que el receptor los tenga, de ahí vamos a contar 8 días hábiles a partir del primer día del mes siguiente.  
16) Veamos un ejemplo: Si hago una compra y recibo una factura en agosto tengo lo que resta del mes de agosto y 8 días hábiles de setiembre para hacer la recepción de la factura, sino lo hago no puedo utilizar ese comprobante como gasto.  
17) El mensaje de confirmación o rechazo deben guardarse como respaldo de la factura porque es importante para la contabilidad, es obligatorio y es requisito para poder incluir el gasto en las declaraciones informativas.  
18) Todos los comprobantes electrónicos que se emitan deben tener el mensaje de aceptación de Hacienda.  
19) Los comprobantes electrónicos se deben guardar por 5 años.  
20) En las facturas aparte de todos los requisitos que lleva como nombre del cliente, dirección, detalle y otros debe incluir el medio de pago: tarjeta, efectivo, cheque, transferencia, depósito bancario, recaudado por terceros o cualquier otra condición.  
Licda. Giselle Hernández Padilla.
Contadora Privada y Pública Autorizada.  
Correo: info:@contabilidadyleyescr.com

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