Este lunes 15 de abril se suspende la restricción vehicular

LUNES 15 ABRIL SIN RESTRICCION VEHICULAR (SE RETOMA DEL MARTES 16 AL VIERNES 19)

El viajero a Nicaragua solo podrá introducir un aparato fotográfico


LA VOZ DE GOICOECHEA
(Por Alberto Cabezas, periodista).- 
El gobierno de Nicaragua emitió una circular Técnica sobre Ingreso al país de binoculares y cámaras fotográficas o cinematográficas bajo el régimen de viajero en la Terminal Aérea (TA) o PUESTO DE CONTROL DE FRONTERAS (PCF), con anexo de Catalogo de Equipos de Filmación y Fotografía de Uso Profesional.

El viajero al momento de su ingreso a Nicaragua solamente podrá introducir como parte de su equipaje, un aparato fotográfico y un anteojo de larga distancia. Las cantidades superiores a las permitidas estarán sujetas al cumplimiento de las obligaciones tributarias aplicables.

Esta decisión se toma en base a los artículos 6 y 15 de la Ley N. 339 " Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros y de la Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos" de este país publica en la Gaceta, Diario Oficial N. 69 del 6 de abril del 2000, artículo 578 literal e) del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA).

Está prohibido el ingreso al territorio nicaragüense de binoculares de visión nocturna, por ser de uso privativo del Ejército de Nicaragua y de la Policía Nacional, de conformidad con la Ley N. 510, Ley Especial para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones Explosivos y otros materiales relacionados.

Cuando el viajero lleve consigo o en su equipaje binoculares de cualquier tipo, la administración o delegación de aduana efectuará coordinación con la Policía Nacional (Terminal Aérea) para que in situ emita a favor del viajero la debida " Constancia de No regulación", con el cual sería liberado el ingreso de los binoculares.

En el caso de los turistas, cuando el viajero lleve consigo o en su equipaje binoculares de visión nocturna, la administración o delegación de aduana en coordinación con la Policía Nacional (Terminal Aérea) efectuará retención de dicha mercancía. El viajero con posterioridad podrá solicitar el retiro de la mercancía retenida, con la presentación del " Formulario de Retención" al momento de su salida por el mismo Puesto de Control de Frontera en donde ingresó.

Los binoculares que no obtengan la " Constancia de No regulación" por la Policía Nacional y que no sean retirados por el viajero dentro de los tres (3) meses posteriores a la retención realizada, serán remitidos mediante acta de entrega a la autoridad superior de la Policía Nacional.

Es restringido el ingreso a Nicaragua de cámaras fotográficas o cinematográficas de televisión, digitales o videocámaras bajo el régimen viajero. El viajero debe obtener previo a su ingreso al territorio nicaragüense, un "Aval", de la Cinemateca Nacional, el que presentará a la autoridad aduanera. La autoridad aduanera procederá a registrar el ingreso de este tipo de mercancías en el régimen de importaciones temporales con reexportación en el mismo estado del sistema informático aduanero.

Si desea más información puede navegar en la página Web de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), en la siguiente dirección www.dga.gob.ni

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