TSE da luz verde a candidaturas de Marta Esquivel y José Miguel Villalobos


La autoridad electoral declaró sin lugar nueve de los amparos presentados contra Pueblo Soberano

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró sin lugar nueve amparos electorales presentados contra el Partido Pueblo Soberano y con esto dio luz verde a las cuestionadas candidaturas a diputado de Marta Esquivel (Heredia) y José Miguel Villalobos (Alajuela).

En el caso de la candidatura de Villalobos, abogado del presidente Rodrigo Chaves, esta fue recurrida por Xinia Molina, quien reclamaba haber sido excluida de las precandidaturas sin que su nombre se sometiera a votación en la Asamblea Nacional del partido.

Sin embargo, el TSE asegura que ella sí participó e incluso su nombre recibió votación en la asamblea.

En el caso de Esquivel, exministra de esta administración, su candidatura fue cuestionada por Iliana Ruiz, otra partidaria y quien denunció que tampoco pudo participar del proceso interno pese a su interés por figurar en la papeleta de diputados de Heredia.

El amparo de Ruiz sí fue declarado con lugar, pero solo para fines indemnizatorios.

“Se estimó que el partido amenazó su derecho de participación política porque hubo un ambiente de presión para que la recurrente retirara su nombre de la contienda interna, lo cual se materializó al no ser conocida su postulación en la asamblea nacional partidaria.

“Solo se declaró con lugar para fines indemnizatorios, ya que días antes de la votación, la propia interesada manifestó que no deseaba continuar como precandidata”, dijo el Tribunal. En total, la autoridad electoral rechazó de plano cinco de los recursos presentados y otros cuatro por el fondo.

Entre los primeros, se rechazaron tres por haber sido presentados fuera del plazo para recurrir (tres días).

En otro en el que se acusó que las candidaturas a las diputaciones fueran votadas en nóminas preelaboradas por el partido, el TSE reiteró su jurisprudencia según la cual las objeciones de legalidad deben reclamarse por acción de nulidad, no en amparo; misma razón se le dio al reclamo de que el PPSO no podía convocar a asambleas de subsanación de eventuales errores en la designación de candidaturas a las diputaciones hasta que el TSE no resolviera los recursos de amparo pendientes.

Luego de estas 10 resoluciones, el Tribunal recordó que permanecen en análisis por el fondo otros dos recursos presentados por Carlos Vázquez Calderón: uno por supuesta desproporcionalidad de la cuota de inscripción de precandidaturas y el restante por haberlo excluido de un grupo de WhatsApp de delegados nacionales en el que se comunican aspectos como la convocatoria a asambleas.



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