¿Emergencia real o abuso de privilegio en la ruta 218 en Guadalupe?


(imagen con fines ilustrativos generada con IA)

LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Bernardo Mora).- La frecuencia con la que se observa a ambulancias privadas circulando a alta velocidad y, en ocasiones, infringiendo normas de tránsito —como ir contra vía— por la Ruta 218, genera una legítima inquietud en la ciudadanía: ¿están estas unidades siempre en el estricto cumplimiento de una misión crítica, o se está haciendo un uso indebido de las exenciones que les otorga la ley?  Esta es una de las dudas, que muchos de nuestros lectores, nos han comentado ya que constantemente "se topan" con ambulancias, circulando en ambos sentidos de la ruta que pasa por El Alto de Guadalupe hacia Rancho Redondo.  

El marco legal de los vehículos de emergencia

En Costa Rica, la Ley de Tránsito es clara: los vehículos de emergencia (policía, bomberos y ambulancias) pueden excepcionalmente no respetar las normas de circulación, velocidad y estacionamiento, pero solo bajo una condición: que sea absolutamente imprescindible en el cumplimiento estricto de su misión específica y siempre y cuando no ocasionen un mal mayor que el que intentan resolver (Art. 2-129).

En el caso de las ambulancias, esta exención está directamente ligada al traslado de un paciente en condición de emergencia o a acudir a atender una.

La duda en la vía pública

La Ley no exime a estos vehículos de la responsabilidad. Si una ambulancia circula utilizando luces y sirena (que le confieren el derecho de vía y la posibilidad de no acatar ciertas normas) y, posteriormente, se comprueba que no llevaba paciente y no se dirigía a una emergencia que lo justificara, se estaría incurriendo en una falta grave de ética profesional y potencialmente en una infracción de tránsito. El uso de la sirena sin razón no solo es molesto, sino que obliga a otros conductores a realizar maniobras peligrosas.

La percepción de la ciudadanía en la Ruta 218 —específicamente la sospecha de que algunas unidades podrían estar utilizando su condición para simplemente movilizarse más rápido en el tráfico— debe ser atendida.

Conclusión

Es fundamental que las empresas privadas de ambulancias refuercen los protocolos internos para garantizar que las excepciones al reglamento de tránsito se utilicen única y exclusivamente cuando la vida de un paciente está en riesgo.

Para el ciudadano, aunque la ley siempre otorga el derecho de vía a una ambulancia con sirena y luces encendidas, la observación constante de un posible abuso es un llamado a las autoridades competentes (como el Ministerio de Salud, que regula la habilitación de estos servicios, y la Policía de Tránsito) para que realicen las inspecciones y controles necesarios. La confianza pública en los servicios de emergencia es vital, y cualquier práctica que la socave debe ser corregida.


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1 Comentarios

  1. ambulancias suben y bajan casi todo el dia, con sirena y luces; lo malo es que no se sabe si en realidad llevan o van por un paciente porque hasta contra via se mandan y usted quitese nada mas.

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