LA VOZ DE GOICOECHEA (Por Redacción).- Una acción presentada ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) pretende dejar sin efecto la más reciente Asamblea Nacional del Partido Liberación Nacional (PLN), celebrada el pasado 13 de septiembre de 2025.
Los ciudadanos Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, candidata a diputada por el Partido Pueblo Soberano, y Roy Thompson Chacón, interpusieron un recurso de amparo electoral y nulidad alegando que la actividad partidaria careció de los requisitos legales de integración establecidos por la Constitución y el Código Electoral.
Alegan omisiones que invalidan la Asamblea
De acuerdo con los recurrentes, el PLN no realizó la asamblea cantonal de San Ramón ni la asamblea provincial de Alajuela, pasos indispensables para constituir válidamente la Asamblea Nacional.
A criterio de los demandantes, estas omisiones implican que la Asamblea Nacional del PLN no se integró conforme a derecho, pues la ausencia de los representantes alajuelenses —diez miembros según la normativa interna— convierte la convocatoria en nula de pleno derecho.
El recurso también cuestiona tres resoluciones previas del TSE, al considerar que el órgano electoral “está permitiendo el incumplimiento del artículo 60 del Código Electoral y del artículo 98 de la Constitución Política”, que establecen la obligación de los partidos políticos de organizarse democráticamente.
Integración no es lo mismo que quórum
Los firmantes subrayan que existe una diferencia jurídica esencial entre “quórum” (el número mínimo de asistentes para sesionar) y “integración” (la representación válida y completa de todas las estructuras del partido).
“Un órgano partidario puede tener quórum para sesionar, pero carecer de integración legal si no están debidamente designados todos sus miembros conforme al procedimiento estatutario”, señala el escrito.
Solicitan anular resoluciones y Asamblea
En su petición final, Esquivel y Thompson solicitan al TSE anular tanto la Asamblea Nacional del 13 de septiembre como las resoluciones del propio Tribunal que, según ellos, “convalidan una violación a los principios democráticos de participación y representación política”.
El caso pone nuevamente sobre la mesa el debate sobre la democratización interna de los partidos políticos y la vigilancia del TSE sobre el cumplimiento estricto de las normas que rigen su organización, en un contexto donde los procesos partidarios son cada vez más observados por la ciudadanía.
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