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Todos los servicios de salud deben emitir factura electrónica a partir de hoy

LA VOZ DE GOICOECHEA.-        A partir de este lunes 15 de enero, todos los servicios de salud (incluidos los veterinarios) deberán emitir facturas electrónicas, según el calendario establecido por el Ministerio de Hacienda.

Esto no tiene mayor cambio para los consumidores finales, pues es obligatorio que reciban una factura impresa, o bien, que se le solicite su correo electrónico para el envío del comprobante.

Quienes sí perciben el cambio son hospitales privados, médicos, enfermeros, odontólogos, oculistas, sicólogos, farmacéuticos, nutricionistas, terapeutas y veterinarios, que ahora tienen que emitir un documento electrónico que irá directamente a Tributación.

Esta forma de cobro y pago, se incluye en la “Ley para Mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal”, en la que se incluye que la información que contenga el documento digital, también será de uso para Tributación Directa.

“La factura electrónica tiene la validez tributaria de cualquier documento impreso y respalda las operaciones comerciales efectuadas. Además, la factura electrónica debe almacenarse de acuerdo a lo que establece Tributación Directa, esta es una herramienta fundamental para que las empresas, pymes, los profesionales independientes y los gobiernos establezcan un sistema seguro y ágil para documentar las transacciones de venta de servicios y productos”, dijo Alejandro Montalvo, presidente de la firma Gestión en Tecnología e Información (GTI).

El empresario destacó que “la reducción de costos” será más que evidente debido al ahorro de papel, tiempo, transporte y agilidad, lo que significa “que con este sistema tecnológico, los costos de facturación se reducirán como mínimo en un 80% y tendrá un impacto directo en el ambiente”.

¿Qué es la factura electrónica?

La factura electrónica es un documento comercial con efectos tributarios, generado, expresado y transmitido en formato electrónico.

Según la firma consultora Deloitte, este documento se diferencia de la factura en papel y de la factura en digital en que se confecciona mediante un sistema informático, generado, expresado y transmitido en formato electrónico mediante un archivo denominado “XML” y no mediante imprenta autorizado por la Dirección General de Tributación.

Estos comprobantes tienen la misma eficacia jurídica y fuerza probatoria en las mismas condiciones que los comprobantes físicos autorizados.

Cada contribuyente debe de contar con un sistema de facturación, ya sea un desarrollo propio, software de mercado, desarrollo a la medida o tercerización es decir contratar con alguna de las soluciones informáticas disponibles en el mercado.

El sistema debe de contar con las disposiciones señaladas por el Ministerio de Hacienda, entre ellas las mas importante, contar con un sistema capaz de generar el archivo en el formato “XML”.

De acuerdo con Deloitte, los contribuyentes que se dediquen a la prestación de servicios profesionales o se encuentran acreditados como micro y pequeña empresa conforme con la clasificación definida por el Ministerio de Economía Industria y Comercio, podrán utilizar los sistemas para la emisión de comprobantes que provee el sistema en forma gratuita.

Sobre este aspecto el Ministerio de Hacienda está diseñando una funcionalidad básica para que tanto los profesionales liberales como micro y pequeña empresa puedan confeccionar sus comprobantes electrónicos, sin embargo, se espera que a partir de la segunda o tercera semana de enero del 2018 se encuentre disponible.

Es obligatorio

De acuerdo a la publicación del Diario La Gaceta Mo. 178 del 20 de setiembre del 2017, las principales fechas de cumplimiento obligatorio en el uso de la factura electrónica son los siguientes:

15 de enero 2018: Servicios sociales y salud: hospitales, médicos, odontólogos, oculistas, veterinarios y otras actividades relacionadas con el sector salud.

1 de febrero: Sector contable-financiero-administrativo: contadores, asesores, auditores, economistas, etc.

1 de marzo: Sector Legal: actividades jurídicas, bufetes, abogados, notarios, asesores legales, etc.

2 de abril: Sector ingeniería, arquitectura, informática, consultores, arquitéctos, topógrafos, dibujantes, etc.

1 de mayo: Otros sectores: meterólogos, químicos, geólogos, biólogos, profesores, periodistas, profesionales de la comunicación, etc.

Sanciones

Las sanciones previstas por hacer uso de los comprobantes electrónicos son las tipificadas en los artículos 85 y 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios:
Artículo 85 No emisión de facturas: Multa equivalente a 2 salarios base (852.000) a quienes no emitan facturas ni comprobantes debidamente autorizados por la Administración Tributaria, o en no hacer entrega de los mismos en el acto de compraventa o prestación del servicio.
Artículo 86 Infracciones que dan lugar al cierre de negocio: Cierre por un plazo de 5 días naturales del establecimiento de comercio, industria, oficina o sitio donde se ejerza la actividad o el oficio en el cual se cometió la infracción. Para los sujetos pasivos o declarantes que reincidan en no emitir facturas ni comprobantes debidamente autorizados por la Administración Tributaria o en no entregárselos al cliente en el acto de compraventa o prestación del servicio.

La implementación

Todas las clínicas y hospitales privados están en la obligación de implementar desde este lunes la emisión de la factura electrónica. Esto ha llevado a que muchas de estas empresas deban hacer fuertes inversiones tecnológicas para cumplir con el requisito.

Tal es el caso del Hospital Clínica Bíblica, que desarrolló el software para brindar el servicio en todas las áreas, con un costo superior a los $75.000. Este sistema servirá para prestar el servicio a los especialistas, enfermeras y doctores que trabajan en el hospital por cuenta propia.

“El proyecto brinda grandes beneficios en cuanto a la disminución de los costos de operación, como disminución de documentos, bodegaje y despacho de facturas. Al disminuir la impresión de documentos se contribuye con la protección del medio ambiente así como también facilita la agilidad en el proceso de trámite y gestión de cobro” comentó Jorge Rodríguez, jefe de Riesgo del hospital.

El encargado explicó que para el centro médico ha sido un proceso de aprendizaje tanto de la parte técnica en el desarrollo, como también en la parte de coordinación, planeación e implementación. El personal se ha capacitado con empresas como GS1, Ministerio de Hacienda y ha asistido a charlas relacionadas a este tema para cumplir de esta forma con las exigencias legales de la Dirección General de Tributación de Costa Rica.




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