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Se suspende la Restricción Vehicular durante Semana Santa SIN RESTRICCION VEHICULAR DEL LUNES 25 AL VIERNES 29 DE MARZO (SE RETOMA EL LUNES 01 ABRIL, CON PLACAS 1 y 2)

Defensoría pide garantizar prestación de servicios públicos esenciales ante huelga nacional


LA VOZ DE GOICOECHEA.-       Para la Defensoría resulta fundamental recordar a los jerarcas la obligación del Estado de garantizar la continuidad de los servicios, contenida en el artículo 61 de la Constitución Política. 

En salvaguarda de los derechos de las personas, La Defensoría de los Habitantes envió hoy una misiva a los jerarcas de diferentes instituciones públicas para que, en el plazo de 24 horas, remitan un informe que detalle las previsiones que han tomado para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales a la población, tras el llamado a huelga general para el próximo lunes 10 de setiembre.

La solicitud se envió a las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA); el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), el Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia y Paz; el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Empresa de Servicios Públicos de Heredia, la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC), Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (Coopelesca), Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam), Centros de Educación y Nutrición y Centros Infantiles de Atención Integral (Cen-Cinai).

Para la Defensoría resulta fundamental recordar a los jerarcas la obligación del Estado de garantizar la continuidad de los servicios, contenida en el artículo 61 de la Constitución Política, en el marco de los fallos de la Sala Constitucional, la Ley de Reforma Procesal Laboral, Ley No. 9343, artículos 375, 376 y el Decreto Ejecutivo No. 38767-MP-MTSS-MJP, que regulan el derecho constitucional de huelga en Costa Rica y a la prohibición de la huelga en los servicios públicos esenciales, así como el procedimiento dictado para regular la huelga en estos servicios.

Como Institución Nacional de Derechos Humanos, La Defensoría, estará vigilante de las acciones emprendidas para resguardar la vida, seguridad, y salud de la población e insta a la población a interponer sus denuncias ante la interrupción de los servicios esenciales.

FUENTE EL MUNDO.CR





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